España

El Consejo de Estado exige al Gobierno cambios legales para evitar el estado de alarma

El Consejo de Estado ha emitido un dictamen en el que reclama la introducción de cambios legales en la ley orgánica de Salud Pública, que data de 1986, para no

  • El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. -

El Consejo de Estado ha emitido un dictamen en el que reclama la introducción de cambios legales en la ley orgánica de Salud Pública, que data de 1986, para no tener que recurrir al estado de alarma ante una pandemia como la del coronavirus.

El máximo órgano consultivo, presidido por la exvicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega, aprobó el pasado 22 de marzo por unanimidad un dictamen sobre el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno central ha planteado contra varios preceptos de la ley que aprobó Galicia el 25 de febrero y que modifica la norma autonómica sobre Salud.

El punto más controvertido de esta iniciativa impulsada por el Ejecutivo de Alberto Núñez Feijóo es que introduce la vacunación obligatoria en situaciones de grave riesgo para la salud pública. El Consejo de Estado solo tuvo cinco días para deliberar y aprobar este texto ante el apremio que le hizo saber el Ejecutivo central ya que esgrimió la urgencia de denunciar esta norma gallega ante el Tribunal Constitucional.

El último estado de alarma

La nueva ley gallega de Salud recuerda en su exposición de motivos que las medidas adoptadas por el real decreto de octubre de 2020, por el que se declaró el último estado de alarma para contener la propagación del covid-19, "no agotan todas las que pueden ser adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria", ya que las autoridades sanitarias competentes "pueden tomar aquellas otras que resulten necesarias al efecto".

De ello se infiere, según constata el Consejo de Estado, "que la declaración del estado de alarma no es 'la única alternativa jurídica' ante este tipo de situaciones". Además, en el texto legal gallego se afirma que la declaración del estado de alarma para el control de una epidemia "no procede cuando la legislación ordinaria contemple medidas que permitan afrontarla".

Tras ello, el órgano que preside De la Vega hace hincapié en que la regulación de los mecanismos extraordinarios previstos en la legislación sanitaria para tutelar la salud pública, en situaciones como la actual, "presenta carencias por la falta de concreción de cuatro aspectos: las medidas susceptibles de ser adoptadas en estos casos; los requisitos exigibles para su adopción; el régimen sancionador aplicable; y los términos y alcance de la garantía judicial".

Ante el deseo del Gobierno de Pedro Sánchez de impugnar seis apartados de la ley gallega en pleno estado de alarma, el Consejo de Estado solo considera necesario ir al TC por uno de ellos, el de la obligatoriedad de vacunarse en determinadas circunstancias.

Asimismo, este órgano consultivo avala que que se aprueben otras medidas más allá de la declaración del estado de alarma, siempre y cuando sean "compatibles con las previstas por la declaración del estado de alarma y no pueden, por tanto, contravenirlas, sin incurrir en un vicio de inconstitucionalidad".

Las leyes autonómicas deben, por tanto, "adecuarse a lo dispuesto en la legislación estatal básica", si bien el Consejo de Estado admite que la legislación sanitaria estatal "no contiene seguramente los mecanismos adecuados para hacer frente a una crisis de esta envergadura", por lo que invita al Gobierno central a impulsar su reforma, tal y como le ha pedido el PP y otros grupos de la oposición a Sánchez en el último año con un plan B jurídico.

En este sentido, el Consejo de Estado subraya que la ley de 1986 "contiene una regulación en extremo genérica de las medidas especiales en materia de salud pública" a la hora de limitar derechos fundamentales y libertades públicas. Además, "no efectúa remisión alguna al legislador autonómico", de ahí que la última -y única- palabra sea la del Gobierno central.

"Debe tenerse en cuenta, en todo caso, que se trata de una ley aprobada hace casi cuarenta años que no contiene una regulación acabada de su núcleo orgánico", hace hincapié el máximo órgano consultivo, "por lo que podría resultar insuficiente para hacer frente, de acuerdo con los principios constitucionales de eficacia administrativa y seguridad jurídica, a las necesidades a las que se enfrentan las autoridades sanitarias competentes".

Por si no ha quedado claro, el Consejo de Estado apunta en el dictamen remitido a la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, que "las reglas contenidas en la legislación estatal sobre la adopción de medidas cautelares son muy parcas". Por ello, "la regulación de un procedimiento de adopción de estas medidas está justificada y, en cuanto respeta los principios establecidos en la legislación estatal, no es contraria al marco constitucional".

Una "adecuación" legislativa

Dentro de las conclusiones finales, esta institución advierte de que los órdenes de competencias estatal y autonómico "no son alternativos ni excluyentes" en casos como el de la actual pandemia. "La declaración del estado de alarma no impide que las autoridades sanitarias puedan acordar, al amparo de la legislación sanitaria estatal o autonómica, otras medidas distintas de las acordadas por el Gobierno en dicha declaración", subraya. 

Y con independencia del devenir del recurso de inconstitucionalidad por parte del Gobierno de Sánchez contra la ley gallega de Salud, el Consejo de Estado señala "que el contenido de la Ley Orgánica 3/1986 podría estar necesitado de una adecuación legislativa que le aporte mayor detalle y concreción, en orden a proporcionar a las autoridades sanitarias competentes el mejor marco jurídico posible para afrontar las situaciones presentes y futuras de riesgo grave para la salud pública".

El presidente del PP, Pablo Casado, se hizo eco de este informe del Consejo de Estado ya que, en su opinión, viene a dar la razón a su partido, que desde hace un año reclama un plan B jurídico contra pandemias. Y apuntó que en dos semanas podría estar listo para su aprobación en el Congreso.

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