Con el objetivo de adaptarse a los límites de calidad del aire de la Unión Europea, la Comunidad de Madrid no ha cesado de poner restricciones a transportistas y conductores en los últimos años. Con la implantación de Madrid Central comenzaban a reducirse los vehículos que pueden acceder al corazón de la capital, y las condiciones se han ido extendiendo a alrededores y circunvalaciones.
Ahora, el ayuntamiento prohíbe definitivamente a los coches de tipo A: muy pocos de ellos se libran de las restricciones. Lo que en un inicio comenzó por el interior de la M-30 ahora la llega a los distritos exteriores y afecta a todo el municipio de Madrid.
¿A cuánto ascienden las multas y cuándo entra en vigor la medida?
El coste que tendrá saltarse la nueva normativa asciende a 200 euros, cuantía que puede reducirse a la mitad en el caso de abonarla inmediatamente. Además de esto, es importante saber cuando entra en vigor las restricciones: el próximo 1 de julio se comenzará a multar a los coches de no residentes. Estos últimos, por el contrario, tienen algo más de margen para buscar una alternativa: hasta el 31 de diciembre.
¿Qué coches tipo A se libran de las restricciones?
Tan solo hay tres excepciones en la normativa: los coches destinados al traslado de personas con movilidad reducida no se verán afectados, siempre que cuenten con la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) y estén dados de alta en el sistema de gestión de accesos a 'Madrid Zona de Bajas Emisiones'.
Los vehículos de emergencias encargados de la extinción de incendios tampoco se verán afectados, como tampoco lo harán los matriculados como 'históricos'. Para ello, tal y como informa la Dirección General de Tráfico (DGT) es necesario pasar una inspección del vehículo por un Laboratorio Oficial acreditado por tu Comunidad Autónoma, además de aportar los documentos requeridos.
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