Política

Juristas critican que ministros franceses puedan acudir al Consejo de Ministros: "Está fuera de la Constitución"

Los expertos consultados por Vozpópuli defienden que la composición del Consejo de Ministros "es jurídicamente restringida", tal y como defiende el PP

  • Pedro Sánchez y Emmanuel Macron -

El Gobierno de Pedro Sánchez firmó en enero de 2023 un Tratado de Amistad con Francia con el que se abría la posibilidad de que miembros del Ejecutivo francés pudieran acudir a algunas de las reuniones del Consejo de Ministros en España. Dos años después de la firma, el Partido Popular ha hecho uso de su mayoría en el Senado para presentar un recurso previo de inconstitucionalidad al considerar que el tratado no cumple con la legalidad y afecta al secreto de deliberación de las reuniones semanales del presidente y sus ministros. 

Los de Feijóo defienden que la Constitución Española no recoge la posibilidad de que extranjeros participen en órganos de la función del Gobierno y que este es un derecho que sólo recae sobre los nacionales. Los juristas consultados por Vozpópuli recurren al artículo 98 de la Carta Magna el cual establece que el Consejo de Ministros está compuesto exclusivamente por miembros del Gobierno. El Rey es el único asistente que no forma parte del Ejecutivo, en su rol simbólico e institucional.

El Director y Fundador de Administrativando Abogados, Antonio Benítez Ostos, detalla que "permitir la presencia de ministros extranjeros podría interpretarse como una infracción a este artículo, salvo que se argumente que su participación no implica una membresía formal en el Gobierno español, sino una cooperación intergubernamental en el marco del tratado", no obstante, al ser un Consejo de Ministros, su composición "es jurídicamente restringida" de forma que la reclamación del Partido Popular pude tener recorrido en el Tribunal Constitucional. 

Letrados del Senado sostienen, además, que lo ideal hubiera sido promover una reforma constitucional, en cuyo caso hubiera queda "bastante claro" o haber optado por tramitar una modificación expresa de la ley del Gobierno. Precisamente, la tramitación legal emprendida por los de Pedro Sánchez para hacer efectivo el tratado firmado con Francia ha sido uno de los principales aspecto denunciados por el Partido Popular. 

El PP sostiene que "el Gobierno ha incumplido hasta ahora la obligación de someterlo a autorización de las Cortes Generales", y, además, reprocha a los socialistas que hayan intentado aprobar una modificación legislativa antes de aprobar el tratado. "Estamos ante un tic antidemocrático más del Gobierno de Sánchez que pretende saltarse la Constitución, además de un desprecio más a las Cortes", comentó la portavoz 'popular' en el Senado, Alicia García. 

Tramitación y avala de las Cortes

Al respecto, letrados del Senado apuntan que el órgano de garantías tiene una jurisprudencia clara respecto a introducir enmiendas que reforman leyes que no están relacionadas con el objeto del texto. En este caso, el Ejecutivo intentó tramitarlo a través de la ley de paridad y, ahora, a través de la ley de eficiencia de Justicia. "Eso está fuera de la doctrina constitucional, que dice que este tipo de modificaciones tienen que tener unidad de materia, por lo que sobre eso también podría decidir el Constitucional. No obstante, hasta ahora, la doctrina del órgano de garantías en esta materia no es de inadmisión, simplemente se considera de baja calidad legislativa", defienden las voces consultadas. 

Antonio Benítez Ostos recuerda que, según el artículo 93 de la Constitución, si el tratado implica la delegación de competencias derivadas de la Constitución a una organización o a otro Estado, requeriría una ley orgánica, si este afectase a derechos fundamentales o a la estructura institucional del Estado, podría incluso necesitar una reforma constitucional. "Si no afecta estos aspectos, bastaría con su aprobación como un tratado internacional según el procedimiento ordinario", añade. 

No obstante, el letrado señala que en este caso el tratado firmado con Francia sí necesita el aval de las Cortes. Según el artículo 94 de la Constitución, "los tratados internacionales que afecten a la soberanía, integridad territorial, defensa nacional, derechos y deberes fundamentales o impliquen obligaciones financieras relevantes requieren autorización previa de las Cortes Generales antes de su ratificación". 

En este sentido, el PP reclama a Sánchez que el cambio normativo introducido a través de la Ley de Eficiencia de la Justicia no menciona el estatus de las personas del Gobierno francés que puede participar en el Consejo de Ministros, al igual que el papel que estos puedan tener en dichas reuniones. 

 

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