El 7 de abril de 2015, ante el grave estado de una úlcera que tenía en una pierna y los sufrimientos intensos que decía padecer, una mujer de Zaragoza tomó la irrevocable decisión de suicidarse y pidió a su hijo que la asistiera para culminar su deseo. El joven, Ignacio Sánchez Olaso, ha sido ahora condenado por la Audiencia Provincial a la pena mínima de prisión (dos años), frente a los seis que pedía la fiscalía. Como no cuenta con antecedentes penales, lo más probable es que no se le exigirá el ingreso en la cárcel.
En la sentencia se reconoce que la madre padecía una enfermedad que le provocaba una paranoia con ideaciones persecutorias sobre todo de los médicos, debido a lo cual se negaba a recibir cualquier asistencia facultativa. Fruto de esta situación, se negó durante diez años a salir de su vivienda en la capital aragonesa, ni tan siquiera para asistir al sepelio de uno de sus cuatro hijos, que falleció de una enfermedad.
La mujer se negó durante diez años a salir de su vivienda en la capital aragonesa, ni tan siquiera para asistir al sepelio de uno de sus cuatro hijos
La mujer tenía, según la sentencia, una fuerte influencia sobre su esposo y sus hijos, especialmente sobre el acusado, y coincidían todos en que haber pedido asistencia médica sin su consentimiento hubiera constituido una deslealtad a la que ella nunca hubiera accedido. La mujer se quitó la vida cuando su marido estaba durmiendo, poniéndose en la cabeza una bolsa de basura con la ayuda de su hijo. Con la "finalidad" de que pudiera cumplir su propósito, según la sentencia, él le sujetó las manos para impedir que las llevara a su cabeza, a la vez que le colocó una segunda bolsa.
Horas después, el condenado contó a su padre lo sucedido y seguidamente llamó a la Policía dando cuenta de la situación y de todo lo ocurrido, lo que volvió a ratificar en el juicio, en el que su abogada defensora pidió su absolución o como alternativa dos años de cárcel, sin la agravante de parentesco. Los magistrados que firman la sentencia consideran que los hechos "son muy claros y no admiten duda alguna, pues desde un primer momento han sido reconocidos por el procesado, que nunca ha negado su participación activa en la muerte de su madre para auxiliarla y cumplir su voluntad de suicidarse".
La sentencia recoge la nota que, antes de suicidarse, escribió de su puño y letra: "Por culpa de no estar legalizada en España la eutanasia, he tenido que hacérmela yo. ¡Qué triste y doloroso! El motivo es que no puedo aguantar más el dolor que me producen las extrañas heridas que tengo en la pierna derecha. ¡Ojalá los que me han hecho esto lo pasen peor que yo!".
Tras señalar que el deseo de suicidarse "consta plenamente probado", los magistrados advierten de que en este caso no es de aplicación la concepción de la llamada muerte digna, ni entra en la controversia sobre la eutanasia, "cuestión que no se trata en esta sentencia, puesto que no se ha planteado, ni se podía plantear". Sin embargo, sí reconocen las atenuantes de alteración psíquica y confesión y el supuesto de homicidio "pietatis causa" ante el sentimiento de respeto y cariño que sentía el acusado, que le llevó a causar la muerte para cumplir la voluntad de su madre "casi como un acto de amor".