Puré de patata a una obra de Monet, crema pastelera a la Monna Lisa, sopa de tomate a Los Girasoles de Van Gogh o manos pegadas, son algunos de los ataques que están recibiendo las obras de arte de museos de todo el mundo. Activistas de Just Stop Oil y otras asociaciones que luchas contra el cambio climático son los responsables de estos actos.
Este fin de semana se ha producido uno de los últimos ataques a obras de arte. Esta vez ha sido el Museo del Prado de Madrid y la obras elegidas han sido 'Las Majas' de Goya. Dos activistas se pegaron a los cuadros y en medio de ambas pinturas escribiendo el mensaje '+1,5º' para "alertar sobre la subida de temperatura mundial que provocará un clima inestable y graves consecuencias en todo el planeta".
Las personas que realicen un acto vandálico contra el patrimonio en España se pueden enfrentar a duras sanciones que recoge el Código Penal.
El artículo 46 de la Constitución contempla que "los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio".
Sanciones del Código Penal
El Código Penal de España establece varias multas e incluso pena de prisión. Primero hay que tener en cuenta si se trata de un daño que se produce por accidente o por un acto vandálico. En el caso de que sea un accidente, en los museos de España romper o destrozar una obra no tiene coste para el visitante.
Según cuenta la vicepresidente de la Asociación del Derecho de Arte (ADA) y experta en derecho del arte, Marta Suárez-Mansilla, en 'Noticias Jurídicas', son los museos los que responden a los daños, puesto que en muchos casos tienen contratado un seguro que protege la obra desde que se descuelga hasta que vuelve a su sitio original.
Pero si se trata de un acto vandálico, Suárez-Mansilla señala que el museo "cursa una denuncia" en estos casos y valora "si estamos ante una acción delictiva contra el patrimonio del artículo 323 del Código Penal o una conducta sancionable por vía administrativa cualificada".
Este artículo establece que "será castigado con la pena de prisión de seis mesas a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos".