En el seno de El Corte Inglés hay una gran incógnita por resolver que todavía se encuentra en los tribunales. Es la relativa a la adopción por parte de Isidoro Álvarez de Marta y Cristina Álvarez Guil, formalizada en 2003, dentro de un procedimiento en el que presuntamente se produjeron algunas anomalías. Así lo ha manifestado uno de los cuatro testigos que declararon en ese proceso, Ángel Barutel Farinós, exdirector de Comunicación de la compañía de grandes almacenes.
En 2018, este hombre aseguró ante notario que mintió cuando declaró que el expresidente de El Corte Inglés y las hermanas Álvarez Guil convivieron durante un tiempo en el pasado, algo que fue fundamental para que pudiera formalizarse la adopción.
De esta forma se recoge en la demanda que la hermana de Isidoro Álvarez y madre de Dimas Gimeno, María Antonia Álvarez, interpuso hace un año contra la futura presidenta de El Corte Inglés, contra su hermana y contra su madre, María Josefa Guil Navarro. Recientemente, el juzgado de primera instancia ha dado la razón a las demandadas.
Lo ha hecho porque considera que María Antonia Álvarez no tiene legitimación activa para cuestionar la adopción. "El posible interés legítimo de la demandante, fuera del procedimiento de adopción, solo puede venir dado por su condición de heredera del adoptante fallecido y en cuanto sus derechos hereditarios se pudieran ver afectados por la adopción que se cuestiona", explica la sentencia.
El juez no acepta esta demanda porque considera que María Antonia Álvarez no tiene legitimación activa para cuestionar la adopción
Sin embargo, el asunto va camino de la Audiencia Provincial, pues la parte demandante ha confirmado que lo recurrirá. En la demanda judicial, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, se hace un relato de las circunstancias familiares que han llevado a esta disputa por la herencia. Se recuerda que Isidoro Álvarez -fallecido en septiembre de 2014- no se casó hasta los 57 años, en 1992, en la Iglesia de San Ricardo y tras haber pospuesto hasta en tres ocasiones la boda.
“Vivió siempre con su madre, incluso una vez casado continuaba acudiendo a pernoctar al domicilio materno por no contarle a su madre la verdad, que había contraído matrimonio”, dado que ese matrimonio nunca fue aceptado ni por la “matriarca” ni por Ramón Areces, “quien prohibió expresamente a don Isidoro que continuara manteniendo esa relación sentimental”, expone.
Un "amigo íntimo"
Isidoro Álvarez -continúa- no tuvo descendencia, por lo que decidió a adoptar a las dos hijas que su esposa, María Josefa Guil Navarro, había tenido con Alfonso del Rey. Cuando se formalizó la adopción, Marta y Cristina tenían 38 y 40 años y estaban casadas y con descendencia. Para formalizar la adopción, Álvarez recurrió a Ramón Hermosilla, su abogado de confianza, “amigo íntimo” y albacea de su testamento.
Hermosilla tuvo que resolver una situación compleja, dado que el hecho de que Isidoro Álvarez continuara viviendo con su madre tras su matrimonio Según la parte demandante de este proceso, el hecho de que Isidoro Álvarez continuara viviendo con su progenitora imposibilitaba la adopción legal de las mismas según la regulación del Código Civil anterior al año 2003. Por esta razón, organizó una cobertura legal para hacer creer al juez -a través de cuatro testimonios- que las hijas habían convivido con el adoptante antes de los 14 años. “Hecho este imposible además puesto que don Isidoro no estaba aún casado cuando ambas tenían menos de catorce años”, expresa la demanda.
Según María Antonia Álvarez, hecho de que Isidoro Álvarez continuara viviendo con su progenitora imposibilitaba la adopción legal de Marta y Cristina
Uno de los cuatro testigos del caso, el citado Ángel Barutel Farinós, reconoció hace unos meses, ante notario, que Hermosilla le pidió antes del juicio por la adopción que, en su declaración en el proceso, dijera que “las dos hijas adoptadas habían convivido con Isidoro Álvarez un año completo cuando ambas contaban con entre 13 y 18 años”, pese a que le constaba que entre 1978 y 1984 -esos años- no se había producido tal nexo.
La parte demandante critica el “oscurantismo” que se ha encontrado durante este procedimiento, en el que se le ha impedido el acceso a la documentación sobre la adopción. Ante la Audiencia Provincial, solicitará la anulación del acto de adopción, según precisó este martes María Antonia Álvarez en un comunicado.
“¿Cómo es posible que fueran adoptadas siendo mayores de edad, sin haber convivido con el adoptante con anterioridad a cumplir los catorce años de edad, casadas, con descendencia ambas y con una vida muy acomodada, no cumpliendo así con el espíritu legal del adoptado, un menor de edad, huérfano de padre o madre y carente de recursos?”, apunta la demanda.
Pese a que el juez de primera instancia ha negado a María Antonia Álvarez la legitimación activa para impugnar el acta de la citada adopción, la madre de Dimas Gimeno recurrirá el auto judicial con el propósito de poner en cuestión el reparto de la herencia de Isidoro Álvarez y tratar de cambiar, en el futuro, el actual equilibrio de poder en El Corte Inglés, que sitúa a su facción familiar en clara minoría.