Se empieza a tramitar la amnistía y con ello se tejen los últimos remates hacia un nuevo pacto en el Gobierno de España. Elecciones municipales en mayo, otras generales convocadas en julio; una investidura posterior fallida por Alberto Núñez Feijóo; y Pedro Sánchez como principal candidato a la presidencia tras recurrentes negociaciones para liderar un nuevo Gobierno. A falta de los puntos y lazadas finales, y después de meses protagonizados por la incertidumbre y el caos, todo apunta a que Sánchez será investido como presidente de España, sumando los votos de Sumar, ERC, Junts, Bildu o PNV, entre otros. 179 votos a favor (tres más de la mayoría absoluta) y rumbo a una nueva legislatura.
Sin embargo, los últimos pasos dados hacia su proclamación han portado toques no muy positivos. Al menos para el PSOE, quien ha registrado este lunes en solitario la proposición de Ley Orgánica de Amnistía en el Congreso. Y eso que el PNV dio por descontado a primera hora que la firma de la amnistía sería común, pero la fórmula molestó especialmente a Sumar, pues Carles Puigdemont solicita la amnistía para apoyar la investidura. El presidente de la Generalitat de Cataluña ha solicitado esta medida para que todos sus antecedentes penales queden perdonados y poder regresar así al territorio español.
Pedro Sánchez afronta, por lo tanto, una larga transición parlamentaria abriendo todo una abanico de cuestiones e interrogantes sobre la puesta en escena de la futura ley. En primer lugar, amnistía es definida, por la Real Academia Española, como "el perdón de cierto tipo de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores y que busca la consecución de un interés general, como puede ser la necesidad de superar y encauzar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social". Se trata, por lo tanto, de una medida legislativa que suprime la responsabilidad penal por determinados delitos o reduce las penas impuestas.
Sin embargo, esta medida no viene recogida en la Constitución, si bien tampoco hay ningún precepto que la prohíba como tal. Eso hace que muchos juristas la traten como si de un indulto se tratara. A diferencia de este último, que se define como una gracia particular (total o parcial) que se concede por el poder ejecutivo a individuos específicos, la amnistía tiene un carácter general y se aplica a colectividades o a delitos concretos.
¿Es una medida que se puede recurrir?
La amnistía se puede recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) únicamente por los grupos parlamentarios, las comunidades autónomas y por parte del Defensor del Pueblo. De esta forma, el Partido Popular (PP) ya ha manifestado su oposición ante la posible nueva medida y anuncia que recurrirá, liderando además aquellas comunidades donde forma gobierno, a su instancia ante el tribunal.
Sin embargo, cuando la ley complete la tramitación parlamentaria y sea finalmente aprobada, los jueces tendrán un plazo de dos meses para tomar decisiones como la inmediata puesta en libertad de las personas afectadas. Además, se anularán las órdenes de busca y captura y quedarán sin efecto todo tipo de medidas cautelares vinculadas a estos nombres.
¿Qué pueden hacer al respecto la jurisdicción española?
Hay dos opciones que permiten la suspensión posterior de la ley, amparadas ambas por la jurisdicción española. Por un lado está el caso del recurso de amparo que presentará, tal y como ya han afirmado, el PP. Aquí, la suspensión de la norma tendría que pedirse como medida cautelar y ser posteriormente el Tribunal Constitucional quien lo acuerde.
A esto hay que sumar la segunda posibilidad: que los jueces o tribunales recurran al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a través de una cuestión prejudicial, acordando la suspensión de los procesos judiciales que afecten al tribunal que pida la impugnación en cuestión. Esto significa que el recurso de los jueces solo suspenderá la resolución del proceso judicial, quedando desamparadas en este caso las medidas cautelares, como por ejemplo las órdenes de detención e ingreso en prisión.
¿A quién ampara la ley de amnistía?
Dicha medida de gracia afectará (de forma positiva) a más de 300 personas que participaron en la organización y en celebración de la secesión catalana, así como aquellas que contribuyeron a la consecución de tales propósitos. Entre ellas se citan ejemplos, como condenadas, procesadas o investigadas por dichos actos, así como quienes llevaron a cabo acciones de protesta, asesoramientos o malversaciones económicas, quienes aprobaron leyes para la celebración de estas consultas, etc. En resumen: una amplia lista de políticos, funcionarios públicos, alcaldes o directores de colegios. Además, se aplicaría la amnistía también a todos agentes policiales que actuaron durante el referéndum del 1 de octubre de 2017.
Para precisar más los datos, el marco temporal de esta rescisión acogerá concretamente a los imputados durante una década: del 1 de enero al 2012 al 13 de noviembre de 2023, fecha en la que se registró la ley.
Fuera de la norma quedan, por ejemplo, todos los actos que hubieran resultado en muerte, como torturas o tratos inhumanos, así como delitos de terrorismo cuando existía una condena firme y actos que afecten a los intereses financiaros de la Unión Europea o que tengan motivaciones para ello.
¿Qué ocurrirá con Puigdemont?
La ley indica específicamente que las órdenes de detención en marcha se desactivarán de inmediato, en cuanto la ley quede aprobada. "La entrada en vigor de esta ley implicará el inmediato alzamiento de las medidas cautelares que hubieran sido adoptadas, incluso cuando tenga lugar el planteamiento de un recurso o una cuestión de inconstitucionalidad contra la presente ley o alguna de sus disposiciones", se deja leer en el texto.
Si el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional respetan este punto y desactivan la orden nacional de detención que pesa sobre Carles Puigdemont, el ex president podría regresar a España sin miedo a ser arrestado también al momento, aunque la aplicación de la amnistía aún estuviera pendiente de la resolución final del Tribunal Constitucional. Entonces, su situación sería exactamente la misma que antes del procés.
Por otro lado, si estos tribunales dudaran de la constitucionalidad de la ley, Puigdemont no sería amnistiado de inmediato, puesto que el proceso judicial quedaría suspendido. No obstante, la ley obliga a dejar sin efecto las medidas cautelares pendientes, de tal manera que podría regresar de igual manera a España.
¿Cuándo entra en vigor esta ley?
La ley entrará en vigor lo más pronto que permite la jurisdicción española: el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tramitándose en el Parlamento de forma urgente y quedando, entonces, en manos de los jueces.
¿Existen ejemplos anteriores de amnistías en España?
Esta no será la primera vez que se conceda una amnistía en España. El precedente más evidente fue el de 1977. cuando se aprobó una ley "moderna" que amnistiaba los crímenes producidos durante los años de la dictadura. Dicha ley fue aprobada por todos los partidos políticos excepto Alianza Popular (quienes se abstuvieron) y algunos diputados de Euskadiko Ezkerra (que votaron en contra). Este entonces registró en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una nueva norma jurídica: la Ley 46/1977 de amnistía, aprobada el 15 de octubre.
Después nos encontramos con otras tres amnistías fiscales. Por orden cronológico, la primera data de 1984, durante el mandato de Felipe González; la segunda de 1991, también bajo los mandos del ex presidente del PSOE; y la última, con fecha en 2012, con Mariano Rajoy como gobernante.
Además, si echamos la vista todavía más atrás de la causa tomada como referencia, distinguimos varios antecedentes de derecho de gracia en España. Por ejemplo, en 1924, Primo de Rivera concedió amnistías e indultos a los condenados del desastre de Annual y a otros procesados. Años más tarde también se liberó a Lluís Companys tras una amnistía general para presos políticos, que fue firmada en 1936 por Manuel Azaña.