El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a cinco años de cárcel a una acusada por un delito continuado de abusos sexuales, acometido cuando aún se identificaba como un hombre. La sentencia del Alto Tribunal supone una rebaja a la mitad la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga, que consideró los hechos constitutivos de agresión sexual.
La sentencia a la que ha tenido acceso diario Sur, detalla que la ahora condenada, cuando aún vivía bajo su propia consideración como hombre, se presentó ante la familia de la menor como su hermano. La madre de la víctima lo acogió en casa como su hijo donde permaneció algunos días.
En esas fechas, la adolescente estaba ingresada en un centro de protección de menores en la localidad malagueña de Álora de donde se fugó con una compañera y ambas acudieron a una vivienda donde se encontraba el que decía ser su hermanastro.
Según la resolución judicial, ese mismo día fueron los tres -las dos menores y el hombre- al parque San Miguel, donde pasaron la noche. Al día siguiente, la amiga de la víctima se fue por su cuenta y la menor se fue con su supuesto hermanastro al domicilio de éste.
Tras la denuncia de desaparición interpuesta por la madre, la menor apareció en Ronda días después. La adolescente ingresó en un centro de menores de Málaga y, posteriormente, fue trasladada a un piso de convivencia gestionado por la asociación Mensajeros de la Paz. Según detalla diario Sur, la menor y su supuesto hermanastro siguieron manteniendo el contacto durante semanas, hasta que la joven fue aislada.
La sentencia detalla que durante las noches que pasaron juntos, la menor de 15 años fue objeto de besos en la boca y tocamientos en sus zonas íntimas por parte de su supuesto hermanastro de 21 años.
La Audiencia Provincial condenó al individuo por hechos de agresión sexual, en base al primer testimonio de la joven, por los que le impuso una condena de 10 años de cárcel y 12 de alejamiento de la víctima.
Tiempo más tarde, el acusado ha cambiado de sexo pasando a ser una mujer. Después la defensa presentó un recurso ante Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Los magistrados aceptaron el recurso aclarando matices, teniendo en consideración el cambio de versión de la menor y que, por tanto, "no puede darse por acreditado el acceso carnal". En consecuencia, no avala la condena por agresión sexual, pero sí delitos de abusos sexuales continuados. La sentencia aclara que la ahora condenada aprovechó su ventaja de edad y su condición de supuesto hermanastro de la víctima, cuando aún era hombre, para "influir de modo relevante coartando la capacidad de decidir de la menor".
El TSJA ha estimado parcialmente el recurso y ha condenado a la mujer a una pena de cinco años de cárcel a los que hay que se suman 10 años en libertad vigilada, una orden de alejamiento respecto a la víctima de 12 años y una indemnización de 7.000 euros.
dabisu
Parece escrita por un mono con dislexia, no hay quien se entere de la noticia.
Free18
Madre de dios. Duele leer la noticia con tantas faltas de ortografía e inexactitudes. El TSJ de Andalucía no es el alto tribunal. Lo es el Tribunal Supremo. Por favor aprendan a escribir que los que usamos este medio somos gente culta, no lectores de El País.
Urenga
Por cierto, vistas sus querencias, este tío nos dará que hablar cuando lo ingresen en una cárcel de mujeres, tiempo al tiempo.
Urenga
Al leer "La sentencia aclara que la ahora condenada..." me he quedado desconcertado por unos segundos pero rápidamente he caído en la cuenta del que es que el redactor ha decidido usar el género femenino con el agresor para hechos acontecidos con posterioridad al cambio registral. Muy políticamente correcto.
Urenga
"no aBala la condena" ¡OLE Y OLE!
LEGANENSIS
Señores de vozpopuli. ¿Han visto ustedes la cantidad de faltas de ortografia groseras (avala con B) errores, frases sin sentido etc etc que tiene el articulo? ¿No les de vergüenza publicar esto?