El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a siete años y siete meses de cárcel para David Moreno Pingarrón, el principal implicado en la estafa de los pisos de PSG que se produjo hace algunos años en la zona Sur se Madrid. El gestor de PSG ya fue condenado a dos años y medio por apropiación indebida y deberá ingresar en prisión en las próximas semanas. La misma sentencia condena a la aseguradora HCC a devolver a los cooperativistas las cantidades aportadas, pero le absuelve de pagar 10.000 euros por daños morales como había señalado la Audiencia Provincial de Madrid.
David Moreno constituyó a finales de 2003 una sociedad llamada PSG que captó cientos de clientes para cooperativas que aspiraban a comprar suelo en los desarrollos urbanos de Getafe de Los Molinos y Buenavista. El Ayuntamiento de Getafe aprobó, con el apoyo de la Comunidad de Madrid, que el sistema para estos nuevos desarrollos urbanísticos fuera el de expropiación y no el de compensación.
PSG y sus cooperativas compraron terrenos para más de mil viviendas, a pesar de que se conocía que se iba a expropiar el suelo para acometer el desarrollo
En total, estaba prevista la construcción de unas doce mil viviendas. PSG y sus cooperativas compraron terrenos para más de mil viviendas, a pesar de que se conocía que se iba a expropiar el suelo para acometer el desarrollo. Moreno les convenció de que esa expropiación no les iba a afectar. Muchos de los socios pensaron que la fuerza que había adquirido Moreno Pingarrón y sus proyectos, que llegó a patrocinar a Fernando Alonso y al Getafe, les aseguraría una vivienda a un precio razonable.
Finalmente, las cooperativas de PSG tras la expropiación sólo recibieron una parte del suelo, mientras que la gran mayoría se quedó sin el dinero y sin los ladrillos. La Audiencia Provincial de Madrid condenó al promotor de la operación a siete años y medio de cárcel, después de que ya hubiera sido condenado a más de dos años por otro asunto.
El gestor de las cooperativas recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid por considerar que se habían producido hasta seis diferentes infracciones a preceptos constitucionales y a la Ley de Enjuiciamiento Criminal y Código Penal. Asimismo alegaba vulneración del principio de la presunción de inocencia, así como otras normas. El Supremo en su sentencia señala que existen una serie de pruebas documentales y numerosas declaraciones testificales y periciales con base que hacen que la sentencia no merezca ser corregida. Todas ellas son válidas y plenamente capaces para sujetar el fallo condenatorio.
Apoyo de APMU
El Tribunal recordó en su sentencia que se hallaban ante un delito de estafa “agravado por la cuantía pues su resultado total alcanza en torno a los 14.500.000 euros, por el que se vieron afectados cerca de 2000 perjudicados”. Y añade que la pena resulta es “no sólo técnicamente correcta, sino de todo punto adecuada y proporcionado su resultado punitivo a la gravedad del hecho y desvalor de la conducta del condenado y de sus consecuencias”.
La sentencia señala que el recurrente urdió una compleja trama "sabedor de las dificultades que el proyecto constructivo tenía", incluso cuando las autoridades desautorizaron las gestiones que realizaba. Los cooperativistas se agruparon en dos asociaciones que tras doce años de lucha lograron que les devolvieran el dinero y el castigo para la persona que les engañó
La asociación APMU considera que no se puede obligar a hacer controles de seguridad a personal sin los medios de seguridad apropiados y de obligado cumplimiento su uso.
"Tenemos un cuerpo jerarquizado en el que hay componentes que adolecen de sensibilidad hacia las mujeres y cierta misoginia. Por ello solicitamos al inspector jefe y director de la policía municipal que tomen cartas en el asunto y lo solucionen", añaden.