Revés judicial al veto del castellano en las escuelas catalana. El Tribunal Supremo ha ordenado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que atienda el recurso de la Asamblea por una Escuela Bilingüe contra las nuevas normas de la Generalitat sobre el uso del catalán. Un recurso que el TSJC no había admitido al considerar que dichas directrices, que el Departament de Educación publicó en su web en 2022, carecían de "naturaleza normativa". A este respecto, el TS juzga que sí la tienen, y resalta que su vocación de cohesionar a los escolares en torno al idioma y la cultura catalana, "excede" el marco legal. Además, indica que las normas desmienten el objetivo de que los alumnos terminen su educación dominando catalán y castellano.
El TSJC deberá pronunciarse así sobre las normas de organización y gestión de los centros escolares dictadas por Educación. En primer lugar, revisará si es lícita la exclusión del español como lengua vehicular —condición reservada al catalán y al aranés—. Asimismo, evaluará si el catalán puede ser la única lengua de uso habitual en todos los espacios de los colegios. También, si es legítimo que la rotulación sea sólo en catalán o aranés, y si el sistema atención individualizada en castellano para aquellos alumnos que la soliciten es conforme a derecho. Por último, valorará si se compadece con la legalidad tratar de que el alumnado se identifique con una única lengua común —en este caso, la catalana—. La AEB, autora del recursop, ha celebrado el auto del Supremo, que ha calificado de "trascendental".