La concesión de los indultos a los líderes del 'procés' condenados por el proceso soberanista catalán se ha consumado. Tras el anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes y la aprobación de esta medida de gracia este martes, este miércoles el rey Felipe VI estampa su firma en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este 23 de junio.
El BOE hace pública esta jornada la concesión de indultos a los nueve políticos independentistas condenados por sedición y malversación, en la que se señala la aprobación de esta medida por parte del Consejo de Ministros de este martes.
En los documentos, uno por cada líder secesionista, se expresa "visto el expediente de indulto", por ejemplo, de Oriol Junqueras, "condenado por el Tribunal Supremo como autor de un delito de sedición con un delito de malversación".
En el caso del dirigente de ERC, se indica su condena a 13 años de prisión y 13 años de inhabilitación estipulada en la sentencia del Alto Tribunal y se especifica que se le privó definitivamente de "todos los honores, empleos y cargos públicos", así como la "incapacidad de obtener los mismos o ser elegido para cargos públicos el tiempo de la condena".
"Atendiendo a las circunstancias del condenado y, en particular, a los motivos de utilidad pública que obra el expediente", continúa el texto, se indulta a Oriol Junqueras "la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento".
Si se desgranan los documentos, en cada uno de los textos se especifica la pena a la que estaban condenados cada uno de ellos tras los hechos acontecidos el 1 de octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum de independencia tumbado por el Tribunal Constitucional.
Además, se especifica, dependiendo de cada caso, durante cuánto tiempo están condicionados a no volver a acometer delitos graves.
Condicionado a no volver a cometer "delitos graves"
Tal y como comunicaron el presidente del Ejecutivo y el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, esta medida de gracia está condicionada a que "no vuelva a cometer un delito grave en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto". Seis años en el caso de Junqueras, Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull y cinco para Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.
Para Carme Forcadell y Raül Romeva, el plazo es de cuatro años y, finalmente, para la exconsellera Dolors Bassa, no puede volver a cometer un delito grave en los próximos tres años.
Forn y Junqueras coinciden en periodo de tiempo, ya que son los dos líderes que recibieron una mayor pena de prisión por parte del Supremo. No solo eso, según ha informado el titular de la cartera de Justicia, la decisión de este plazo para no volver a cometer delitos también depende de informaciones y declaraciones realizadas por los propios presos.
El ex conseller de Interior fue condenado, tal y como explica el documento, a 10 años y seis meses de prisión, así como el mismo periodo de inhabilitación. La misma condena se estableció para los exconseller de Presidencia y portavoz de la Generalitat y el de Territorio y Sostenibilidad, Turull y Rull, respectivamente.
En el caso de los 'Jordis', que en el momento de los hechos eran presidente de la ANC (Sànchez) y de Òmnium Cultural (Cuixart), ambos líderes del movimiento independentista estaban condenados a nueve años y nueve meses de prisión y el mismo periodo de tiempo de inhabilitación. En su caso, solo por delito de sedición y no por malversación y ambos tienen un periodo de gracia de cinco años para no reiterar delitos graves.
Por su parte, la expresidenta del Parlament catalán, Carme Forcadell, como el ex conseller de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia, Raül Romeva, fueron condenados a 11 años y seis meses de prisión e inhabilitación y a 12 años de prisión e inhabilitación, respectivamente. No pueden cometer delitos graves en los próximos cuatro años.
Dolors Bassa, tres años
La medida ha sido más benévola con la ex consellera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, Dolors Bassa, para la que el Supremo sentenció 12 años de prisión y de inhabilitación absoluta por delitos de sedición y malversación. Mantendrá el indulto "a condición de que no vuelva a cometer delito grave en el plazo de tres años".
Si Puigdemont vuelve "tendría que ser juzgado"
El documento está firmado tanto por el ministro de Justicia, como por el jefe del Estado, el rey Felipe VI. Tras la decisión ratificada este martes y firmada este miércoles, el primero ha asegurado que la decisión se ha tomado para que "la convivencia" de España "funcione mejor". Según el ministro, "no ha sido fácil para nadie", pero "es lo que tocada".
En una entrevista en la 'Cadena SER', Campo ha afirmado que estaba "convencido de la importancia de lo que llevaba al Consejo de Ministros". "Esta es la clave (…) La decisión no nace del seno del Gobierno, son particulares los que solicitan sus indultos y el Ejecutivo tiene la obligación de tramitarlos", ha añadido.
En relación a lo anunciado anteriormente, solo ha habido un cambio en relación a las medidas y condiciones establecidas en el BOE. Campo ha informado de que se ha ampliado el tiempo que Junqueras debe permanecer sin cometer delitos.
En el caso del expresident Carles Puigdemont, huido a Bélgica, no se le aplica esta medida y, en caso de volver a España, "deberá ser juzgado por los tribunales" de este país.
"Se han hecho precisiones al constatar las últimas informaciones, cuando se valoran las actitudes y las declaraciones de los condenados, se hace dicha matización", ha indicado.
Desde el momento en el que se publica en el BOE, ha continuado explicando el ministro de Justicia, comienza a contar ese tiempo y, en caso de cometer dichos delitos, quedaría anulada la medida de gracia y el tribunal confirmaría que deben cumplir la condena.
En el caso del expresident Carles Puigdemont, huido a Bélgica, no se le aplica esta medida y, en caso de volver a España, "deberá ser juzgado por los tribunales" de este país.