La sección número 5 de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado un auto de ejecución de sentencia por el que decreta el "inmediato ingreso en prisión" del abogado Joaquín Yvancos Muñiz, que fue durante muchos años letrado de José María Ruiz-Mateos.
El auto señala que Yvancos fue condenado en sentencia firme el 1 de octubre de 2015 a la pena de un año de prisión con diversas accesorias.
Los jueces dieron audiencia a las partes sobre la posibilidad de suspender la ejecución de la pena o sustituir la misma por dos cuotas de multa por cada día de privación de libertad. A la petición se opusieron tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular.
La Sala ha decidido que Joaquín Yvancos no es merecedor del beneficio de la suspensión de ejecución de la pena ni tampoco de la sustitución de la pena privativa de libertad por la pena de multa, todo ello de acuerdo con el artículo 80,1 y 2-1º del Código Penal.
Los jueces señalan que el penado "no es delincuente primario, ya que sin contar los antecedentes penales cancelados, ha sido condenado anteriormente como autor de un delito contra la Hacienda Pública".
El pronóstico de reinserción de Yvancos es "negativo"
"Por otra parte- añaden- el pronóstico de reinserción y de no comisión de nuevos hechos delictivos es claramente negativo si tenemos en cuenta que ya ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid en el mes de diciembre pasado por un nuevo delito contra la Hacienda Pública".
Consideran las magistradas que se puede decir que esa sentencia no es firme, pero en todo caso es sumamente indicativo de la tendencia de Joaquín Yvancos Muñiz "a verse involucrado en infracciones penales, especialmente de contenido económico".
Citan que en junio de 2016 el Fiscal ha formulado acusación como presunto autor de un delito de estafa en el juzgado de Alzira. En Barcelona se sigue otro procedimiento por un presunto delito de injurias y calumnias. El juzgado Central de Instrucción nº5 de Madrid investiga a Yvancos y el juzgado de Instrucción nº 4 de Valencia ha admitido una querella por presunto delito de estafa.
"En este estado de cosas- añaden- resulta casi descabellado pensar en conceder al Sr. Yvancos el beneficio de la suspensión de ejecución de la pena, al igual que la sustitución de prisión por multa debiendo ejecutarse la sentencia es sus propios términos". La Sala acuerda que "no ha lugar" a la concesión al penal de los beneficios y ordena se proceda al inmediato ingreso en prisión de Yvancos para el cumplimiento de la privación de libertad para lo cual pide que se libren los mandamientos oportunos.
Da un plazo de tres días por si el afectado quiere interponer un recurso de súplica, y en caso de fallarse en su contra, deberá ingresar en prisión de forma inmediata.