España

Pedraz archiva la causa contra Ron por la ampliación del Banco Popular de 2012

El magistrado actúa a petición de la Fiscalía Anticorrupción que solicitó el archivo de las diligencias contra el expresidente del Popular y su 'número dos' al no considerar acreditado irregularidades en la ampliación de capital de 2012

  • El expresidente del Banco Popular Ángel Ron y su abogado José Antonio Choclán -

El magistrado Santiago Pedraz ha dado carpetazo a las diligencias abiertas por la ampliación del Banco Popular de 2012. El instructor de la causa que se abrió para investigar si se engañó a los inversores con esta operación actúa días después de que la Fiscalía Anticorrupción solicitara el archivo de la causa por falta de pruebas contra el que fuera su presidente, Ángel Ron y el 'número dos', Roberto Higueras.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, y en el que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 explica que, practicadas todas las diligencias, considera que no hay indicios que puedan apuntar a que la antigua cúpula cometió delito de estafa a inversores y administración desleal, entre otros, con esta operación.

El magistrado actúa de esta forma después de que la Fiscalía Anticorrupción solicitara el archivo por los mismos motivos. La fiscal en concreto apeló a la pericial elaborada por dos inspectores del Banco de España que concluyeron que la ampliación de 2012 fue un "éxito" y que los inversores contaron con la información adecuada para la operación.

"Fue una operación beneficiosa"

La causa arrancó el año pasado a raíz de una querella que denunciaba que la información pública suministrada para la operación contenía "omisiones e informaciones sesgadas y tergiversadas" para captar capital que de otra manera no hubieran podido obtener. La misma se dirigía contra Ángel Ron (que ha estado defendido por los abogados de Bufete Choclan) y también contra su vicepresidente Roberto Higueras.

En ese contexto, el magistrado ordenó una pericial al Banco de España para determinar el alcance de los hechos. Los peritos aportaron sus conclusiones en un trabajo que abría la puerta ya al archivo de las diligencias, tal y como informó este medio. Al respecto defendieron la información contenida en el folleto a inversores y las actuaciones de la entidad, que se produjeron en un contexto de crisis económica y bancaria.

El documento concluyó que "fue una buena inversión" y que se produjeron "revalorizaciones importantes" en casi los tres años posteriores. "Que la ampliación de capital fue un éxito es un hecho, ya que se suscribió por completo en el plazo previsto, e incluso hubo sobredemanda de títulos", indicaron.

Petición de archivo de Anticorrupción

Al respecto los peritos expusieron que la operación estaba "justificada" ya que la decisión se tomó a tenor de la evaluación de Oliver Wyman sobre las necesidades de capital de los bancos españoles. La consultora americana incluyó al Popular entre el grupo de entidades que necesitaría capital adicional en un escenario adverso.

Ante ello, Anticorrupción solicitó hace apenas unos días el archivo del procedimiento y ahora Pedraz actúa en ese sentido. En su auto, el juez asegura que el Popular (a quien se le calculó que tenía que obtener 3.223 millones de euros de recursos propios adicionales) optó por realizar una ampliación de capital en 2012 para cumplir los objetivos requeridos a nivel estatal. La misma se efectuó "conforme a la legislación vigente y siendo sometida a los controles pertinentes".

Además recuerda que la decisión se tomó en una Junta General Extraordinaria y que se presentó la información legalmente exigida para que los potenciales compradores del Banco Popular tuvieran una "imagen fiel" de la situación de la entidad.

Al hilo recoge las conclusiones de los expertos del supervisor en cuanto a que el banco extinto informó de unas pérdidas de 2,3 billones de euros y unas reclasificaciones a dudoso de 9.436 millones de euros brutos. En relación a la reclasificación a la omisión de una reclasificación de cerca de 4.000 millones de euros en las cuentas de 2013 el magistrado considera, por un lado, que no se ha considerado "suficientemente relevante" para empeorar la imagen de la entidad, y por otro, que no se ha podido acreditar que se actuara con intención de engañar al inversor.

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