España

La nueva normativa de la Unión Europea que cambiaría para siempre los desayunos en España

Te contamos cuáles son los alimentos que van a sufrir una modificación en su legislación y cómo afectará a nivel europeo

  • Foto de archivo de una cafetería. -

La Unión Europea ha puesto en marcha una serie de normativas para regular ciertos alimentos y productos que, prácticamente todos los españoles, tomamos a la hora del desayuno. Café, tostadas, galletas, zumo de naranja... Una serie de esenciales que en España se piden cuando acudimos a nuestra cafetería de confianza para empezar el día con fuerzas. Sin embargo, el parlamento europeo va a actualizar las directivas del desayuno, que son un conjunto de normas que se refieren a los alimentos que tradicionalmente se toman en el desayuno.

Aquí es donde entre en juego la OCU. La Organización de Consumidores y Usuarios se fundó en el año 1975 con un objetivo claro entre ceja y ceja: salvaguardar los derechos de todos los españoles y erradicar los abusos de las multinacionales. Para ello, la entidad publica diariamente un sinfín de informes y estudios de diversas temáticas de interés social, desde la mejor cerveza de marca blanca que puedes comprar en los supermercados españoles, hasta consejos para ahorrar durante tu vida laboral y así no depender única y exclusivamente de la pensión durante la jubilación.

Han pasado casi 50 años desde que la OCU comenzará a dar sus primeros paso y gracias a su esfuerzo y perseverancia se ha ganado el respeto de todo el gremio, hasta el punto de convertirse en una fuente fiable de información. Y es que a pesar de la imagen que se ha creado en el acervo de la sociedad española, la entidad es la primera en poner en marcha denuncias por malas prácticas de los fabricantes de coches durante años capando el precio de sus modelos o campañas para mejorar la Atención Primaria de nuestro país.

Contra todo pronóstico, la OCU ha salido de su zona de confort y ha explicado a todos sus usuarios en qué consiste la nueva normativa que se ha puesto en marcha en la Unión Europea que podría revolucionar el concepto de desayuno y, sobre todo, de cara a mejorar los principales alimentos que tenemos disponibles cuando vamos a desayunar. A continuación, os contamos cómo van a modificar la legislación que gira en torno a  el café, cacao, chocolate, miel, zumos, confituras y algunos tipos de leche.

La OCU explica cómo es la nueva normativa de la Unión Europea para los desayunos

"El Parlamento Europeo llega a un acuerdo para actualizar las directivas del desayuno, que son unas normas que hacen referencia a alimentos que tradicionalmente se toman en el desayuno. Hay normas para el café, cacao, chocolate, miel, zumos, confituras y algunos tipos de leche", explica la OCU en su informe. Y es que el principal motivo que ha provocado la nueva legislación de la Unión Europea es que la mayoría de estas directivas tienen más de 20 años y por eso, se ha llegado a un acuerdo político para actualizarlas. 

Ahora, la pregunta que todo el mundo se hace llegados a este punto es: ¿Cuáles son las modificaciones que van a sufrir los alimentos del desayuno con la entrada de esta actualización de la Unión Europea? Tal y como explica la OCU estas serían las principales novedades que se van a introducir:

  • Miel: la norma que data del 2001 obliga a la indicación genérica del origen mostrando menciones como “Mezcla de mieles de la UE”, “Mezcla de mieles no procedentes de la UE” o “Mezcla de mieles procedentes de la UE y no procedentes de la UE”. La nueva propuesta pasa por la indicación del país o países concretos donde la miel ha sido recolectada. Esta es una de las principales demandas en alimentación de OCU es la indicación del origen de los alimentos, y aunque en la miel era ya obligatoria esta indicación, era a todas luces mejorable.
  • Zumos de frutas: se crea una nueva categoría de zumos, denominada zumo de frutas con azúcar reducido, una nueva categoría en el que se ha eliminado el azúcar naturalmente presente en, al menos, un 30 %.
  • Confituras: con el objetivo de reducir el contenido en azúcar, se aumenta el contenido mínimo de fruta en confituras de 350 g hasta los 450 g por kilo de producto. Estos contenidos hasta ahora solo estaban contemplados y reservados en la categoría de confitura extra.
  • Leches concentradas: se quiere eliminar la distinción entre leche evaporada y leche condensada para denominar a las leches concentradas. Aunque en España son productos diferentes. Ambas son leches concentradas, pero la condensada, además, lleva azúcar añadido.

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