El decreto para sacar a Francisco Franco del Valle de los Caídos está en marcha. La propuesta que ha acordado el Consejo de Ministros es un puzzle jurídico pensado para que ninguna pieza suelta salpique al Gobierno en forma de demanda jurídica. El proceso es excepcional. La familia del dictador ha mostrado públicamente su desacuerdo. El decreto prevé esa posibilidad y de hecho concede al Ejecutivo la potestad de elegir un lugar para enterrar a Franco si sus herederos no reclaman sus restos o discrepan.
Pero, ¿qué pasa con la Iglesia? Nada dice el decreto sobre el papel de la Iglesia Católica en este proceso. Franco está enterrado en una basílica, que administra la orden benedictina y que depende del Arzobispado de Madrid. Según el concordato firmado entre España y la Santa Sede en 1979, "los lugares de culto tienen garantizada su inviolabilidad con arreglo a las Leyes".
La Iglesia no se opondrá
Fuentes del Ejecutivo aseguran que hay "instrumentos jurídicos" para hacer cumplir el decreto, tanto si se opone la Iglesia como la familia. La vicepresidenta Carmen Calvo ha admitido en rueda de prensa que esos resortes, que no ha desvelado, son más que suficientes para proceder a la ejecución del procedimiento administrativo que plantea el Gobierno. Calvo ha fijado un plazo máximo de ejecución de 12 meses, pero confía en que el proceso culmine a finales de este mismo año.
Si la Iglesia y el Gobierno han hablado, ninguna de las partes lo confirma, pero resulta evidente que lo han hecho. Si algo ha dejado claro el Ejecutivo socialista, tanto en público como en privado, es que el procedimiento se hará "con decoro". Es decir, nadie quiere un espectáculo retransmitido por televisión. Una discreción que comparte la Iglesia, precisamente al tratarse el Valle de los Caídos de un lugar de culto católico.
Las especulaciones sobre el papel de la Iglesia en la exhumación de Franco no han cesado desde el mismo minuto de su anuncio. La única declaración cierta es la que hizo el portavoz y secretario general de la Conferencia Episcopal Española, José María Gil Tamayo. En una rueda de prensa, Gil Tamayo dijo que la decisión de trasladar los restos del dictador no corresponde a la Iglesia.
"La decisión que origina la presencia de los difuntos en el Valle de los Caídos no nace de ella ni le corresponde a ella su permanencia o no. Es otro ámbito, el político o familiar el que ha de decidir", dijo Gil Tamayo a finales de junio.
Cuando la Conferencia Episcopal fija una posición es muy difícil que se mueva un ápice de ella, más allá de las especulaciones. Por eso, el decreto se centra más en la familia. Son ellos a los que en realidad les correspondería en circunstancias normales el derecho de enterramiento. Para blindarse frente a los pleitos de los Franco, el Consejo de Ministros ha ideado un proceso que tendrá varias fases y permitirá a los familiares participar en el mismo formulando alegaciones.
Todos los pasos jurídicos
El decreto del Gobierno, que deberá convalidar el Congreso en las próximas semanas, introduce un nuevo apartado en el artículo 16 de la Ley de Memoria Histórica que literalmente dice: "En el Valle de los Caídos sólo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la guerra civil española, como lugar de conmemoración, recuerdo, y homenaje a las víctimas de la contienda". Para dar cumplimiento a este nuevo apartado, se incorpora una disposición adicional pensada para articular la exhumación en varias fases.
El procedimiento se iniciará con un nuevo acuerdo del Consejo de Ministros el próximo 31 de agosto. A partir de ahí, el Gobierno dará un plazo de 15 días a la familia de Franco, que podrá presentar alegaciones y comunicar el destino que desea para los restos mortales. Si los Franco no cumplen en tiempo y forma o existen discrepancias entre los herederos, el Ejecutivo se reserva la facultad de elegir un nuevo lugar para inhumar al dictador.
Una vez resuelto este primer trámite, el Gobierno remitirá el proyecto de exhumación al Ayuntamiento afectado, en este caso a San Lorenzo del Escorial (Madrid). Además, solicitará un informe no vinculante a la Comunidad de Madrid en materia de sanidad mortuoria. Finalizado ese segundo paso, se abrirá un nuevo plazo de alegaciones por un período improrrogable de 10 días. Transcurrido ese plazo, un nuevo acuerdo de Consejo de Ministros resolverá la exhumación y el traslado al destino previamente elegido, bien por la familia, bien por el propio Gobierno.