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Un juez mantiene la suspensión de la fusión de Mediaset Italia y España

El Juzgado Mercantil nº 2 de Madrid ha desestimado además una nueva demanda formulada por Vivendi el pasado mes de junio, con la que pretendía paralizar el proceso de fusión

  • Un juez mantiene la suspensión de la fusión de Mediaset Italia y España

Un juzgado madrileño ha desestimado la solicitud de Mediaset España para levantar las medidas cautelares acordadas por el mismo órgano judicial el pasado octubre, con lo que los acuerdos aprobados por la junta de accionistas para fusionarse con su matriz del país transalpino, Mediaset Italia, siguen suspendidos.

El Juzgado Mercantil nº 2 de Madrid ha desestimado además una nueva demanda formulada por Vivendi (propietaria del 28,8 % de Mediaset Italia) el pasado mes de junio, con la que pretendía paralizar el proceso de fusión.

Esta segunda demanda impugnaba los acuerdos sociales adoptados en la junta de Mediaset España, celebrada el pasado 5 de febrero, que modificaban de hecho aspectos formales en el proceso de fusión.

Dichos cambios, introducidos con la finalidad de desbloquear el proceso y salvar la oposición de Vivendi, motivaron la petición de Mediaset España al juez para levantar la suspensión de los acuerdos de fusión iniciales, petición que ha sido desestimada por el magistrado.

Mediaset quiere fusionar sus filiales y crear el gigante audiovisual paneuropeo MediaForEurope (MFE), pero su plan se está ralentizando por la disputa que mantiene desde hace años con su socio francés Vivendi, que tiene el 28,8 % de la sociedad y se opone a esa operación.

Mediaset no permitió a Vivendi participar con la totalidad de sus derechos de voto en la junta de accionistas de Italia que aprobó dicha fusión, tras lo cual la multinacional francesa ha emprendido acciones legales en ese país, en España y en Holanda.

Rechazo de Italia y Holanda

Italia y Holanda han rechazado en primera instancia los recursos de Vivendi, mientras que en España el juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, que suspendió en octubre cautelarmente la fusión mientras resolvía la impugnación, se ha ratificado ahora en dicha suspensión.

En un auto de 44 páginas, el juez muestra su "perplejidad por un giro tan radical en los planteamientos de Mediaset España, quizás solo explicables por el pragmatismo del que deben hacer gala frecuentemente los empresarios en sus negocios y por el ánimo de lograr sacar adelante la fusión".

La operadora francesa quedaría diluida en el plano de los derechos políticos, y sin posibilidad alguna de ejercer unos elementales derechos como accionista

El mantenimiento de las denominadas acciones de lealtad en los nuevos acuerdos sociales ha resultado el argumento clave para que no se haya procedido al alzamiento de la medida.

Tras las modificaciones llevadas a cabo por la junta de Mediaset España en febrero de este año, el juez entiende que "no cabe duda que la manifestación de 'abusividad' relativa a las cláusulas estatutarias 'anti-Vivendi' ha quedado en gran medida solventada".

En un hipotético escenario en que se hubiera tratado del único elemento en que Vivendi hubiera basado su alegato de 'abusividad', añade, tras las profundas modificaciones estatutarias realizadas, "la petición de alzamiento de las medidas hubiera resultado posiblemente estimada".

Blindar el poder de Fininvest

En su auto del pasado octubre, el magistrado ya consideraba que la operación de fusión transfronteriza "parece apuntar a un cuadro global en el que estas modificaciones estructurales (integración de la sociedad española y la italiana para trasladar la nueva compañía a Holanda) parecen estar dirigidas simultáneamente a blindar el poder de Fininvest (accionista italiano) y a debilitar a Vivendi.

En opinión del juez, la operadora francesa quedaría diluida en el plano de los derechos políticos, y sin posibilidad alguna de ejercer unos elementales derechos como accionista.

No obstante, ha declinado respaldar la demanda de Vivendi al entender que "pese a que existen indicios suficientes" sobre infracciones de ley en los acuerdos de la junta de Mediaset de febrero, no se ha acreditado el "periculum in mora" o peligro por la demora procesal.

Las partes pueden recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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