La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Servicios Financieros Carrefour contra la sentencia del juzgado de Primera Instancia 102 de Madrid, que condenaba a la entidad a anular el contrato de tarjeta 'Carrefour Pass'.
De esta forma, la Audiencia Provincial ratifica la postura del juzgado de Primera Instancia, que declaraba abusiva la cláusula de interés remuneratorio de la tarjeta 'revolving', pactado al 21,99% TAE por falta de transparencia en una sentencia que la empresa recurrió en apelación.
Así, la Audiencia Provincial recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo, de 4 de marzo de 2020, admite el control de transparencia en las cláusulas relativas al interés remuneratorio.
Sienta jurisprudencia
También fundamenta que, en otra reciente sentencia del mismo tribunal, con fecha 21 de enero de 2021, se sienta jurisprudencia sobre la exigencia de control de incorporación en toda clase de contratos y, además, de transparencia reforzada en la contratación con consumidores.
"La carga económica de este tipo de contratos de tarjetas 'revolving', concepto este del que tienen que informar adecuadamente desde el propio banco o entidad, viene determinada por tres elementos: capitalización de intereses de la operación, la variabilidad del límite de crédito que permite el incremento de la deuda y, por último, la mínima cuota de amortización que prolonga el crédito de una forma casi indefinida", ha explicado el equipo jurídico de Don Recuperador que ha representado en este caso a la afectada.