Hacienda ha lanzado una ofensiva contra los créditos fiscales que ha plasmado negro sobre blanco en su Plan de Control Tributario de 2024 que ha publicado el BOE este jueves. El foco en este asunto no es nuevo pero en estas directrices se redobla, en un momento en el que ha tomado una decisión insólita: tumbar una resolución de su propio tribunal, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que reconocía a Santander el derecho a aplicarse un crédito fiscal de 995 millones procedente de Banco Popular.
De esta forma, María Jesús Montero ha promovido una demanda de lesividad para los intereses públicos por la que desautoriza al TEAC, el órgano que fija doctrina para Hacienda y el máximo revisor, y ha instado a la Agencia Tributaria (AEAT) a recurrir ante la Audiencia Nacional el crédito fiscal.
En su informe anual, Santander indica que si este recurso ante la Audiencia Nacional es estimado a favor de Hacienda, debería reintegrar los fondos recibidos, aunque el impacto se limitaría a los intereses de demora, ya que volvería a acreditar dichos activos monetizables.
No obstante, Santander considera que "existen sólidos argumentos de defensa en relación a este recurso".
En 2017, Banco Popular consideró al realizar la declaración del Impuesto sobre Sociedades que se habían convertido en crédito exigible frente a la Administración parte de sus activos monetizables, ya que se daban las circunstancias para ello. La cifra de dicha conversión fue 995 millones.
Aunque la Agencia Tributaria consideró su condición de monetizable, opinó que a cierre de 2017 no se daban las condiciones para su conversión, sin perjuicio de que pudiera ocurrir en ejercicios futuros. Por ello, se recurrió ante los tribunales.
El año pasado, el Tribunal Económico Administrativo Central resolvió que en 2017 se habían cumplido los requisitos para la conversión en crédito exigible frente a la Administración esos activos por impuesto diferido monetizables de Popular por 995 millones de euros.
Es este fallo el que Hacienda ha recurrido ahora ante la Audiencia Nacional al considerar que la resolución es "lesiva para los intereses públicos".
En 2013, España garantizó los activos fiscales diferidos (DTA) de la banca para que se pudieran convertir en créditos exigibles frente a la Administración. En 2018, Ciudadanos promovió una iniciativa por la que la Agencia Tributaria pasaba a poder corregir la contabilidad de las empresas, y así poder comprobar cualquiera de las circunstancias determinantes de la conversión de activos por impuesto diferido en crédito fiscal exigible ante la Administración, en particular las pérdidas contables.
Esta iniciativa fue finalmente incluida en los Presupuestos de 2018 de Cristóbal Montoro, que entraron en vigor casi con la llegada del Gobierno de Pedro Sánchez tras la moción de censura.
El pago por hacerse con Popular
El origen de esta modificación fue la resolución de Popular y su compra por un euro por Santander, unos hechos que relata Francisco de la Torre en Y esto, ¿quién lo paga? Economía para adultos (Debate, Penguin Random House).
Popular tenía 60.347 millones en depósitos, y de no haber sido adquirido por Santander, el Estado habría tenido que garantizar una parte de estos, una cifra millonaria.
Además, Santander tuvo que hacer una ampliación de capital de 7.500 millones para limpiar Popular.
Sin embargo, la compra fue un buen negocio. Tuvo plusvalías contables, como la de 444 millones por la venta de filiales en EEUU, y rentabilizó la fortaleza en pymes de Popular. Pero sobre todo suponía contar con 1.400 millones en créditos fiscales. Esto último era para la entidad el beneficio de la compra. "Esto significa que una parte del agujero del banco se pagó gracias al aval concedido por el estado a los activos fiscales diferidos. En cualquier caso, se dio dinero público a una entidad privada a costa de los impuestos de los españoles", señala De la Torre en su libro.
El mismo Gobierno del PP que se benefició de que Santander se quedara con Popular promovió el control sobre su retribución por la operación, los créditos fiscales, un nuevo poder que sólo lo ha podido aplicar el Ejecutivo del PSOE.
En 2023, en medio de una guerra del Gobierno contra la banca tras la entrada en vigor del impuesto al sector, Hacienda tuvo que devolver a Santander estos cerca de 1.000 millones por el crédito fiscal a resultas de la resolución del TEAC.
Entonces se produce la decisión insólita de Montero de cuestionar a su propio Tribunal. Decisión inédita además. No hay precedentes con la nueva norma. Los casos en que el ministro de Hacienda ha invocado la lesividad para los intereses públicos se cuentan con los dedos de una mano y el único precedente reseñable tiene mucho menor peso, ya que Cristóbal Montoro cuestionó en 2000 una resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Madrid, no del Central, sobre bonos austriacos.
Esaú Alarcón, socio en Gibernau, advierte de que el "extraordinario procedimiento de lesividad" requiere que se trate de "un acto administrativo contrario al ordenamiento jurídico. ¿Cómo va a dictar un acto lesivo de ese tipo el órgano en la cúspide interpretativa el Ministerio, cuya doctrina jurídica es vinculante? Es un procedimiento que sirve para anular actos que pueden hacer órganos administrativos menores, pero, ¿un TEAC?"
Alarcón, apunta a "desviación de poder de manual", según ha plasmado en LinkedIn y refrenda en conversación con Vozpópuli.
Aunque Hacienda parece inclinarse por imputar el pago de los cerca de 1.000 millones a 2018, la reacción de la ministra da pie a considerar que puede afectar a 2023 y al déficit del año pasado que en estos momentos el Fisco está cerrando y que presentará a finales de marzo.
Plan de Control
"Durante el año 2024 la Inspección de los Tributos incidirá en expedientes en los que existan bases imponibles negativas, créditos fiscales en base o cuota pendientes de compensar o de aplicar", advierte el Plan de Control Tributario de 2024, que ha publicado el BOE este jueves.
Esta edición pone el foco en el Impuesto sobre Sociedades y en los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional que ha tumbado la reforma de diciembre de 2016 de Montoro, y señala con más insistencia que otros años a los créditos fiscales. Para su cobro, se va a reforzar la cooperación internacional "mediante la explotación más eficiente de los intercambios de información impulsados en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE y el perfeccionamiento de herramientas que permitan realizar selección de deudores con signos de riqueza en el exterior, especialmente en el ámbito de la Unión Europea".
Asimismo, hace especial referencia a la utilización de estructuras asociativas, como pueden ser las agrupaciones de interés económico, como vehículo para canalizar las deducciones u otros beneficios fiscales.
"Esa utilización instrumental no es ilícita, si bien dada la naturaleza de los créditos fiscales que se transmiten y su expansión en los últimos años, es imprescindible analizar y comprobar el cumplimiento de los requisitos para la aplicación de las deducciones y los beneficios fiscales que se trasladan", advierte la AEAT.
Especialmente se atenderá a estas estructuras de aprovechamiento de beneficios fiscales cuando se aparten de la ley, sean claramente abusivas, se basen en presupuestos de hecho simulados, o inflen artificialmente la cuantía de los créditos fiscales transmitidos, de forma que se desvirtúe el objeto mismo del beneficio fiscal.
"La comprobación alcanzará igualmente a los inversores, al objeto de determinar si han declarado adecuadamente los créditos fiscales procedentes de la entidad y la rentabilidad que, en su caso, hubieran obtenido", zanja el Plan.