España

El juicio a la infanta, entre dos doctrinas: la mujer del "ladrón de televisores" y la del "estafador de vecinos"

El tribunal que juzgará a la infanta se enfrenta a las dos doctrinas que han elaborado la Audiencia Provincial y el juez Castro. La Audiencia compara a la infanta con la esposa del "ladrón de televisores" y concluye que ver la televisión robada no la convierte en cómplice. La metáfora de Castro es la del estafador a los vecinos: el robo no es sólo al administrador sino a todos. El tribunal revisará ambas doctrinas.

  • La infanta Cristina entra en los juzgados de la Audiencia de Palma

¿Con quién está casada la infanta Cristina? ¿Con un “ladrón de televisores” o con un “estafador de vecinos”? Esa es la dicotomía a la que se enfrentará el tribunal que juzgue a la esposa de Iñaki Urdangarin después de que la Audiencia de Palma y el juez Castro hayan fijado una y otra como analogías a las que recurrir para el análisis jurídico.

La Audiencia de Palma la exculpó del delito de blanqueo con la metáfora de “la esposa del ladrón de televisores”, asegurando que sería "tan absurdo como el que un delincuente hubiera sustraído un televisor y que al utilizarlo su familia cometiera un delito de blanqueo", afirma en su fallo en el que concluye que "no resulta factible atribuir a la infanta Cristina la presunta comisión de un delito de blanqueo de capitales, ya consideremos como delito antecedente la malversación o el delito fiscal". El argumento de la Audiencia Provincial es que "se requiere el conocimiento de la procedencia de los bienes receptados y no bastan meras sospechas o suposiciones".

Frente a esa escuela, el juez Castro ha fijado la de quien estafa a sus vecinos en una finca o comunidad de propietarios, argumentando que “llegar a la conclusión de que en los delitos contra la Hacienda Pública el perjudicado, o el único perjudicado, es la Abogacía del Estado sería tanto como decir que ante un fraude del que fuera víctima una comunidad de propietarios el perjudicado sería su administrador y no aquellos”.

A la primera doctrina se han abrazado tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado que defienden que la infanta desconocía los hechos cometidos por el duque de Palma y que, por tanto, no debe llegar ni siquiera el banquillo de los acusados.

Sobre la segunda ha construido su argumentación el juez instructor de Palma que considera que hay dos evidencias que sostienen la cooperación de la infanta en los delitos de fraude fiscal:

  • Conocimiento de la actuación de Urdangarin: Apoyándose en los informes del Registro Mercantil de Barcelona, el juez considera probado que hermana del rey avaló en nueve ocasiones, de 2004 a 2012, tanto las cuentas anuales de la empresa como el «informe de gestión» de Aizoon.
  • Coparticipación en la sociedad: La infanta es socia al 50% de Aizoon, un supuesto que la legislación recoge como “figuras de especial vinculación” y que la llamada NIC (Norma Internacional de Contabilidad) 20 en su artículo 3c contempla como responsabilidad compartida de los movimientos.

El futuro de Iñaki Urdangarin

Al margen del desconocimiento que alegaría la esposa del ladrón de televisores o del lucro que obtuviera la mujer del “estafador de vecinos”, lo único que comparten todas las metáforas es que dan por hecha la delincuencia de Iñaki Urdangarin. La acusación de haber recibido de manera ilícita 5,8 millones de euros.

El juicio puede celebrarse a finales de 2015 o principios de 2016, lo que puede convertir en políticamente incómodo el señalamiento, después de que el presidente del Gobierno apuntara que no habrá adelanto electoral y que, previsiblemente, las elecciones se celebrarán en noviembre del año entrante. 

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