España

Castro rechaza el recurso de la infanta y acusa a sus abogados de mentir: "El juicio goza de firmeza"

El juez instructor rechaza el mecanismo de los abogados de la infanta a los que acusa de mentir y de "lanzar afirmaciones que no son verdad con la esperanza de que se asuman sin comprobarlas". Castro considera "cansinas" las descalificaciones del bufete de Roca contra su instrucción. 

  • El juez del caso Nóos, José Castro, acusa a la infanta y rechaza su recurso

El juez Castro ha rechazado la pretensión de los abogados de la infanta de evitarle el banquillo de los acusados y ha confirmado su resolución anterior con la que abría juicio oral y acusaba a la hermana del rey de cooperación en dos delitos fiscales. En la resolución que ha hecho pública hoy, el juez José Castro asegura: "El auto de apertura de juicio goza de absoluta firmeza". "Es de elemental sentido común que sea irrecurrible pues", remata.

Castro acusa a Roca de mentir: "La técnica es tan antigua como el ser humano. Se lanza una afirmación que no responde a la verdad con la esperanza de que alguien la asuma sin comprobarla"

En su resolución el juez carga durísimamente contra los abogados de la infanta a los que acusa abiertamente de mentir al sostener la aplicación de la doctrina Botín como argumento exculpatorio para la infanta: "la técnica es tan antigua como el ser humano. Se lanza una afirmación que no responde a la verdad con la esperanza de que siempre habrá alguien que la asuma sin comprobarla". En una respuesta punto por punto, Castro contesta con dureza a cada una de las afirmaciones de los abogados de la infanta cuya insistencia en la descalificación y ataques al magistrado llega a calificar de "cansina":

  • Ante la llamada "pena de banquillo" que el bufete de Roca reprochaba, Castro responde: "No es cometido asignado a los jueces imponer por la vía de hecho lo que se llama 'pena de banquillo' pero tampoco evitarla si con ello hacen dejación de sus funciones".
  • Ante las dudas sobre su proceder, cuando los abogados de la infanta escribieron que "obviaban el sustantivo pretensión (...) y que albergaba dudas sobre la intencionalidad de este proveyente", recuerda Castro, "como método más prudente para obviar lo que no se quiere decir, está el de no escribirlo". 
  • Sobre el daño causado a la infanta, el juez recuerda a los abogados que la aflicción nunca fue "un objetivo" pero que "su proporcionalidad puede estar al nivel de la ejemplaridad exigible a la persona afectada".

El juez se muestra visiblemente molesto con el escrito de Miquel Roca y de los abogados de la infanta que asegura que está "jalonado de retieradas alusiones más o menos veladas a la pobreza argumental de este proveyente" y sostiene que los juristas citados "no merecen el trato que el recurrente les viene dando". Pero, sobre todo, acusa a Roca de utilizar a los medios de comunicación en su estrategia al describirlo como "quien participa cada día en extensas declaraciones a los medios y alguien cuyos escritos son total o parcialmente publicados antes de que este Juzgado los provea", rematando que eso le puede hacer acreedor de la crítica "cuando extrae la firme conclusión de que en España la presunción de inocencia no existe".

Respuesta al Fiscal

El magistrado rechaza las acusaciones de indefensión que alegaron tanto el Fiscal como los abogados de doña Cristina al asegurar que "al no ser la exclusiva voluntad del Juez Instructor la que resuelve definitivamente la cuestión, ninguna indefensión podría causarse" y asegura que "se desconoce de qué exceso resolutivo inoportuno o caprichoso estaríamos hablando" en clara alusión a la Fiscalía que acusó al juez instructor de perseguir a Cristina de Borbón.

Castro acusa a Miguel Roca de utilizar a los medios de comunicación en su estrategia, con declaraciones diarias y filtración de escritos "antes de que este Juzgado los provea"

En su escrito, el juez acusa a los abogados de la infanta de tenderle una trampa jurídica al recurrir la apertura de juicio, una parte del proceso contra la que ya no cabe recurso alguno. "Si se resuelve la cuestión, estaría desbordando el derecho y con ello tomando como recurrible una resolución que nunca lo sería", argumenta. "Si por el contrario, eludiera su tratamiento estaría incurriendo en una incongruencia omisiva en la medida en que no se habría pronunciado sobre algo que se le plantea" y remata: "Se tomara la decisión que se tomara, no habría burladero en el que encontrar cobijo y, ya por exceso o por defecto, (...) la apertura de juicio siempre quedaría en entredicho".

Por ello concluye que "no ha lugar a admitir a trámite el recurso de apelación formulado por la representación procesal de doña Cristina Federica de Borbón y Grecia contra el auto de apertura de juicio oral".

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