Cataluña

La UAB, condenada en costas por impedir a S'ha Acabat incribirse en el registro de asociaciones

El TSJC desestima el recurso de la Universidad Autónoma de Barcelona por atentar contra derecho a la educación, a la libertad de expresión e ideológica y discriminar por razón de opinión, dando así la razón a esta organización constitucionalista

  • Los símbolos independentistas aún están en la UAB

Nuevo revés judicial a la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) por discriminar y vulnerar derechos de la asociación constitucionalista S'ha Acabat (formada por Jóvenes de Societat Civil Catalana) e impedirle inscribirse en el registro oficial de asociaciones.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por la UAB y condena a la institución a pagar las costas del proceso por la vulneración de derechos, como el no ser discriminado por razón de opinión, la libertad ideológica, libertad de expresión y a la educación. Eso sí, uno de los jueces ha emitido un voto particular, posicionándose de lado del rectorado.

La UAB había alegado en su recurso que no existía ninguna vulneración de derechos fundamentales, "y la falta absoluta de prueba de la existencia de una conducta vulneradora de derechos fundamentales imputable a la misma o a la resolución de la rectora de la UAB, asimismo se alega la aplicación indebida de la normativa sobre nulidad de los actos administrativos y no aplicación del principio de conservación de dichos actos, por lo que solicita la estimación del recurso y la revocación de la sentencia dictada".

En su argumento, la UAB, a través de la vicerrectora de Alumnado y Ocupabilidad de la Universidad Autónoma de Barcelona, había denegado la solicitud de estos jóvenes constitucionalistas argumentando que no disponía de programación que garantice la actividad durante todo el curso académico, tal y como se requiere según la normativa vigente; por mostrarse en desacuerdo con el marco de actuación de los colectivos inscritos Directorio donde las actividades han de dirigirse a estudiantes del campus de la UAB; por expresar clara y reiteradamente que se considere prescindible seguir las recomendaciones técnicas en el desarrollo de sus actividades; y desestimar la propuesta de rectificación de afirmaciones realizadas en los perfiles públicos de la entidad hacia la institución, que se reconoce durante la entrevista como una estrategia comunicativa de la entidad, y que en los últimos dos meses había dañado la imagen pública de la institución.

Para la UAB, la organización había faltado al respeto a la institución "difundiendo informaciones falsas" tanto de sus órganos como de la propia rectora, Margarita Arboix, que bajo su mandato el campus se ha convertido en un centro de hostigamiento.

Borrar las críticas en redes sociales

La exclusión de estos jóvenes "es tan claramente ilegal, que no precisa aportar términos concretos de comparación, puesto que de los mismos informes aportados se desprende que los requisitos exigidos a dicho colectivo son absolutamente inexistentes, sin apoyo normativo alguno y directamente tendentes a excluir a dicho colectivo por razón de las opiniones o manifestaciones vertidas en las redes sociales o medios de comunicación", señala la sentencia.

"Desde el equipo de gobierno -continúa- se pide añadir a la entrevista estándar de inscripción un requisito más como es el referido a la falta de respeto institucional y la difusión de información falsa sobre la universidad, y es precisamente ese requisito añadido ex novo, el que viene a determinar la denegación de la inscripción, por cuanto tres de los cuatro motivos esgrimidos para la misma se hallan directamente relacionados con tal circunstancia", mientras "se les insta no tan solo a realizar comentarios "mas propositivos" si no de forma directa a rectificar los ya realizados".

El TSJC los argumentos de la UAB

El TSJC desmonta así los argumentos de la UAB al distinguir entre los requisitos para la inscripción y los derechos y deberes que la normativa impone a los colectivos inscritos, cuyo incumplimiento puede dar lugar no a la denegación de la inscripción, momento en el que se daría de baja inmediata al colectivo.

"La libertad de expresión constituye uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática, una de las condiciones primordiales de su progreso y del desarrollo de cada uno", recuerda en el texto el TSJC, dando otro varapalo a la UAB.  "Y ello vale no sólo para las 'informaciones' o 'ideas' acogidas favorablemente o que se consideran inofensivas o resultan indiferentes, sino también para las que hieren, ofenden o importunan: así lo requiere el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura sin los cuales no existe ninguna "sociedad democrática"".

"Es por ello que la denegación de la inscripción basada solo en las opiniones manifestadas por el Colectivo recurrente vulnera su derecho a la libertad de expresión y a la libertad ideológica, y que la introducción de requisitos no exigidos por la normativa aplicable más si con tales requisitos se pretende de hecho la rectificación de las opiniones manifestadas por dicho colectivo", prosigue la sentencia.

El voto particular de Montserrat Figuera

La sentencia conocida este lunes muestra un voto particular de Monstserrat Figuera, quien discrepa de la decisión al entender que únicamente debería estimarse el recurso sobre la vulneración del derecho fundamental de la libertad de opinión y expresión.

Entiendo, en consecuencia, que se deben mantener los otros puntos que deniegan la inscripción. A su juicio, queda acreditado que los jóvenes no disponían de una programación que garantizara la actividad durante todo el curso académico, circunstancia ésta por la que se deniega la inscripción, que en este caso, nada tiene que ver con una vulneración de derechos fundamentales.

Tampoco se habría vulnerado ningún derecho fundamental y que en principio debe reputarse veraz, que los jóvenes de SCC, ahora en S'Ha Acabat!, consideraron "prescindible seguir las recomendaciones técnicas en el desarrollo de sus actividades y que estaba en desacuerdo con dirigir su actividad únicamente a la comunidad universitaria".

"En relación a estos tres supuestos el acto impugnado se adopta por criterios de legalidad, al apreciar que el solicitante no cumple con los requisitos que exige la normativa que rige la inscripción", ha señalado, por lo que habría que haberse estimado el recurso, al menos en parte.

Satisfacción por el amparo de la justicia

La organización ha mostrado su "satisfacción" tras recibir esta sentencia y tilda de "clarísimo atropello" la acción del equipo de gobierno de la UAB. "Los jóvenes constitucionalistas venimos denunciando reiteradamente los posicionamientos de las instituciones públicas a favor del proceso independentista", ha señalado la entidad, que recuerda la "tolerancia y permisividad" del rectorado "con las acciones violentas y coactivas de los colectivos independentistas y autodenominados falsamente como antifascistas". 

"La UAB ha intentado acabar con la libertad de expresión de los constitucionalistas y no ha hecho nada para evitar perpetuar las situaciones de exclusión y acoso al constitucionalismo que se viven de forma especialmente hostil en el recinto universitario", ha denunciado.

La rectora trató de negociar la retirada de la denuncia

Según S'ha Acabat!, la rectora trató de "impedir los pronunciamientos de los Tribunales y que se materializaron en las negociaciones llevadas a cabo con el entonces presidente de SCC, José Rosiñol, para que éste obligará a los estudiantes a retirar el recurso contencioso-administrativo planteado contra la resolución de la UAB".

"Estas presiones llevaron a los estudiantes recurrentes a abandonar SCC y a crear “S’ha Acabat!”, una plataforma que defiende con firmeza y sin complejos los derechos de los jóvenes constitucionalistas en Cataluña. Así lo hemos hecho y así lo seguiremos haciendo", ha señalado.

Así piden al equipo de gobierno condenar "las vulneraciones de los derechos fundamentales sufridas por los estudiantes constitucionalistas", adoptar "las medidas necesarias para garantizar la neutralidad de la Universidad" y amparar "a todos los miembros de la comunidad universitaria para que puedan expresar con libertad sus opiniones en el campus", con una tolerancia cero "al matonismo que llevan a cabo determinados colectivos independentistas y falsamente antifascistas".

También interpelan al Ministerio de Ciencia y Universidades y a la Generalitat de Cataluña para adoptar las medidas necesarias para evitar que situaciones como las denunciadas se repitan y que se garantice la convivencia en los campus universitarios, al tiempo que condenen de forma clara e inequívoca estas vulneraciones de derechos fundamentales y el comportamiento hispanófobo que sufren los constitucionalistas en las Universidades catalanas.

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