Leer que unos niños de 13 y 15 años han asesinado a su madre adoptiva, deja a uno de piedra. Las dos mentes detrás del crimen que ha dejado a la población de Castro Urdiales (Cantabria) conmovida verán una pena que lejos está de ser la que afrontaría un adulto. El mayor se enfrenta a un máximo de cinco años de internamiento en un centro de menores, mientras que el menor queda impune de acuerdo con lo establecido en la Ley del Menor. Por otro lado, un adulto tendría que afrontar entre 10 y 15 años de prisión por homicidio.
Sorprende ver este tipo de sucesos, sin embargo, cada vez son más comunes las noticias sobre crímenes donde los protagonistas tienen menos de dieciocho años. Los menores de edad que cometen delitos han aumentado en los últimos años, destacan especialmente las infracciones contra el patrimonio y el orden socioeconómico -hurto, robos, defraudaciones, blanqueo de capitales...- (9.277 infracciones en 2021 y 9.201 en 2022).
Este crecimiento de la delincuencia entre los más jóvenes del hogar se ve reflejado en el último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE). El pasado 2022 hubo 14.026 adolescentes (de 14 a 17 años) condenados con sentencia firme, un 3,2% más que en 2021 y alcanzando casi los niveles precovid. Impacta la subida del 14,1% en los delitos sexuales (501 condenas). Un porcentaje muy lejos de las sentencias en adultos, pese a haber más penas: un total de 3.201 agresiones sexuales, un 0,2% más que en 2021.
25.822 infracciones fueron sancionadas a menores en 2022 -una bajada del 5% respecto al año anterior-, de acuerdo con los datos del CGPJ. Además de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico (35,6%) -donde resaltan los robos (17,5%)-, los más penados han sido lesiones (31,4%) y amenazas (8,6%). Pese a estos datos, las consecuencias legales que tienen que afrontar los protagonistas de estos crímenes no son muchas.
Las responsabilidades penales de los menores
Los menores de edad están exentos de responsabilidad criminal debido a que el Código Penal trabaja sobre aquellas personas mayores de dieciocho años. Así lo establece además el artículo 20, por el que cualquiera que no comprendiese la ilicitud del delito cometido quedaría eximido de sentencia. El mismo aplica especialmente a los menores de catorce años, quienes se encuentran en un estado de impunidad amparados por la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.
Los adolescentes entre catorce y diecisiete años sí deben responder a una serie de consecuencias penales recogidas en la Ley Orgánica 5/2000. Los Jueces de Menores pueden imponer diferentes medidas como castigo a los condenados. Normalmente, las penas a adolescentes están divididas en dos periodos.
El primero supone el internamiento en un centro de menores. Depende de la sentencia, el régimen puede ser cerrado (total estancia y realización de las actividades en el centro), semiabierto (residen en las instalaciones, pero pueden hacer actividades fuera) o abierto (el condenado reside en su domicilio y las actividades las realiza en servicios del entorno).
Hay cuatro variantes y alternativas a estas tres medidas. La primera es el internamiento terapéutico. Al igual que cualquier centro de menores, pueden ser de régimen cerrado, semiabierto o abierto; y puede imponerse sola o de manera complementaria junto a otro 'castigo'. En estos lugares prestan "atención educativa especializada o tratamiento específico dirigido a personas que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, un estado de dependencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas" o problemas de salud mental, explica el BOE.
En línea con la anterior opción está el tratamiento ambulatorio. El condenado ha de asistir con la periodicidad requerida por los facultativos del centro para atender las circunstancias mencionadas en el párrafo previo. Las otras dos alternativas a las que se pueden enfrentar los condenados es un centro del día, donde, como su nombre indica, solo deberían acudir a hacer las actividades formativas, educativas y ocio pensadas; o un internamiento de 36 horas (de la tarde, noche del viernes a la del domingo) dentro de un centro o en el propio domicilio del condenado.
En el caso de que algún condenado menor de edad cumpliese los dieciocho años sin haber terminado sentencia se barajan dos opciones. Está la posibilidad de acabar la pena en el centro de menores, pero el juez puede decidir que el procesado cumpla el tiempo restante en un penitenciario. En este segundo supuesto, las otras medidas impuestas por el Juez del Menor se eliminarían.
La situación de los menores de catorce años
La protección al menor y la proporción de un adecuado marco jurídico para ellos ha sido una de las preocupaciones principales a nivel mundial. Así lo han demostrado diferentes organizaciones, como UNICEF, y tratados internacionales, como la Carta Europea de los Derechos del Niño o la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas. El ordenamiento jurídico español no es menos.
Tal y como se ha mencionado anteriormente, la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor es la encargada de velar por los menores de dieciocho en España. A grandes rasgos y principalmente, este reglamento aboga contra el desamparo y porque los más jóvenes del hogar puedan tener el mejor entorno posible.
Hay dos apartados que recogen cómo actuar frente a un menor de catorce años que ha cometido un delito. De acuerdo con el artículo 17 bis, en el caso de que este perfil entre en conflicto con la ley, deberá realizarse un plan de seguimiento que valore la situación socio-familiar del niño. Estos planes los diseñan y efectúan los servicios sociales de cada Comunidad Autónoma. En el supuesto de tratarse de un delito sexual se añadiría un módulo formativo en igualdad de género.
A raíz de esta valoración se cuantifica el delito cometido por el menor en una multa que tendrán que asumir sus padres, tutores legales o cualquier persona que figure como responsable. Si el joven cumple con sus obligaciones en la escuela y tiene un entorno socio-familiar favorable y mayormente positivo, la multa será menor que si en la evaluación de los servicios sociales detectan que hay posibilidad de que el menor vuelva a delinquir.
El artículo 29 explica el único supuesto en el que se puede poner a un menor de catorce años en aislamiento provisional: para la "prevención de actos violentos, autolesiones, lesiones a otros menores residentes en el centro, al personal del mismo o a terceros, así como de daños graves a sus instalaciones". La Ley aclara que este artículo será aplicado puntualmente y nunca como medida disciplinaria. Asimismo, este aislamiento no podrá exceder de las tres horas y siempre habrá un educador u otro profesional educativo acompañando al menor o supervisándole.
En más de una ocasión ha surgido el debate en la sociedad sobre si debería bajarse la edad de impunidad. "Cuando alguien de tan corta edad comete un homicidio, un asesinato, una violación, en la práctica totalidad de los casos, revela un grave problema de desestructuración familiar, de marginalidad, de ser víctima de abusos, o bien de problemas de salud mental", señalaba Laura Pozuelo Pérez, doctora en Derecho en la UAM y especializada en derecho penal del menor, entrevistada por Vozpópuli anteriormente.
Abogados y expertos legales han señalado que, antes que hacer esta 'rebaja', es mejor "invertir en medidas de acompañamiento, reinserción y educación en las franjas de edad por debajo de los 14 años que en aplicar medidas que se perciban como un mero castigo por parte del menor".
Salmanasar
La ley del menor es una m. pinchada en un palo. Si la memoria no me falla, se aprobó cuando gobernaba el PP y lo fue con el consenso entre PP, PSOE y los comunistas y separatistas que había por entonces y que ya no recuerdo como se llamaban.
Ottos
Cuando el PP y sus adictos entienden que ellos no son los elegidos, sí no solo una parte menguante de las personas que están en contra de Sánchez, puede que la democracia y España como país tenga futuro. Feijóo tiene un historial de un aldeano que dirige un pueblo pequeño con 3 millones de habitantes. Implantar a un pueblo de este tamaño un dialecto un bable de incultos, es razón suficiente para declararlo como incapaz de admitir un mundo moderno, y libre donde la comunicación y el conocimiento son medios para sobrevivir.
lersserp
El PP se quita los votos él solito, no necesita ayuda. Y un consejo, NO ODIES, eso te impide pensar con claridad y claro, luego escribes cosas como las que has escrito, que deja ver a las claras, cuán confusa tienes la mente.
lersserp
Enhorabuena a VOXPOPULI por la eficaz censura que ejercéis. Por dos veces he puesto un texto, sin insultos, sin palabras malsonantes, sin mentiras, con verdades como puños y por dos veces lo habéis censurado, solo (supongo) por exponer hechos referentes al PP que, siendo rigurosamente ciertos, le perjudican. OS TIENEN BIEN COMPRADOS, pero no durará idefinidamente. Me importa un pepino que censuréis este escrito, porque no es la ser leido por otra gente qque vosotros, a ver si os da vergüenza.
Miramelindo
Felipe Gonzalez presentó una que perdió. En las siguientes elecciones consiguió mayoría absoluta. Si no peleas por lo que quieres no mereces gobernar. Recuerda que la intención de voto de Feijóo es menguante.
Davidoff
Mejor dejar a Sánchez llevándonos a la ruina. ¿No?
Luisadun
Si quedase en ridículo sería por su propia ineptitud, nunca por hacer lo que debe hacer el teórico líder de la oposición ante las mayores burradas perpetradas por un gobierno. Pero claro, es mejor quedarse sentado viendo cómo el PSOE y cía deterioran la democracia y deshacen el país. Salir a la calle? Alas a Sánchez Atacar a los ministros? Aire al gobierno Moción de censura? Hacer el ridículo Por favor, señores del PP, dejen de pedir perdón a la izquierda por existir, os van a seguir escupiendo en la cara. Y por cierto, dejen de odiar tanto a Vox porque sin sus votos el PP no gobernará jamás.
FBlanco
¿Y las victimas? ¿Alguien se preocupa por ellas?
Ottos
Feijóo lo único que demuestra es un perfecto Aldeano que ha salido de su aldea al gran pueblo. Felipe González presentó una moción de censura sin ninguna posibilidad de ganar, pero era el principio del final de UCD. Un poco de historia no seria malo.
Miramelindo
¿Y como lo va a parar siendo moderadito y bajando en las encuestas?
EDDDO
los datos del INE sobre el in cremento de los delitos sexuales de menores sirve para que Grisos, Sonsoles, el periodismo sometido y sumiso diga a la ciudadanía que la culpa es del acceso al porno masculino, violento. Para esas y el periodismo sumiso la solución es prohibir el acceso. Destinar millones de lo presupuestado por el gobierno cada año contra la "violencia machista" estimado en más de 5000 millones, una parte destinado a adoctrinar por ex actrices como Mabel Lozano, premiados por las ministras de igualdad como Miguel Lorente y muchos más, desde C A se les paga para "educar" a los menores dando charlas en institutos como deben tratar a sus compañeras y amigas. De paso cobrar una pasta directamente de esos presupuestos, promocionarse, ser premiados y tener el aplauso de los periodistas sumisos que van a las tertulias de Atresmedia, Mediaset o COPE. Esta semana Sonsoles ha emitido un relato al respecto desde su cadena, en forma de documento con "expertos" para que la ciudadanía se "conciencie", de los peligros que hay y sus consecuencias. Y si hay familias que no se lo creen, están las Marías Jesús Cañizares para señalarles desde sus posiciones de periodistas impunes.