La orden del Ministerio de Sanidad por la que se elimina la obligatoriedad de usar mascarillas en la vía pública y en espacios al aire libre ha entrado en vigor esta medianoche, cuando arranca el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
La orden mantiene, no obstante, la obligatoriedad del uso de la mascarilla al aire libre cuando se produzcan aglomeraciones y no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.
También sigue siendo obligatorio su uso en los medios de transporte público, incluido en andenes y estaciones de viajeros y teleféricos, al igual que en los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de las mismas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Eventos multitudinarios
La orden regula además el uso de la mascarillas en los eventos multitudinarios al aire libre, de modo que será obligatoria cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas.