Plus Ultra quiere zanjar la investigación penal abierta por presunta malversación con su rescate. La aerolínea ha solicitado a la magistrada al frente de este procedimiento, Esperanza Collazos, que incorpore un análisis contable sobre el trabajo de los peritos del juzgado. Se trata de un estudio que la compañía ha encargado a un auditor de cuentas para que escrute las conclusiones de estos expertos independientes que consideran que la compañía no cumplió todos los requisitos que exigía el Gobierno para acceder a la ayuda de 53 millones de euros.
La firma se pronuncia tres semanas después de que el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid celebrase un careo entre los expertos independientes del juzgado y los de la SEPI (Deloitte y DC Advisory). La magistrada acordó esta diligencia tras constatar que las conclusiones de unos y de otros distaban mucho en lo que respecta a la verdadera situación de la aerolínea antes de la pandemia. La cita sirvió para que se ratificasen en sus periciales, de manera que los expertos del juzgado avisaron que la mercantil estaba en causa de disolución a finales de 2019, mientras que el asesor legal y financiero de la SEPI apoyó la entrega de la ayuda pública.
En este contexto, la defensa de la compañía ha remitido un escrito al juzgado en el que solicita que se incorpore este examen elaborado por su auditor, toda vez que los expertos ya se han pronunciado sobre el asunto en sede judicial. El objetivo de la mercantil es que la juez cuente con este nuevo trabajo antes de resolver las diligencias pendientes, entre las que se encuentra la petición de la Fiscalía de archivar este procedimiento. De este modo solicitan que la causa adhiera el trabajo que cuestiona las valoraciones negativas de los peritos del juzgado (el despacho Martín Molina) en relación a la compañía.
El documento en cuestión lo firma el perito Julio César Calvo Malva. El auditor analiza las conclusiones de los expertos del juzgado sobre la canalización de un préstamo de Panacorp en 2017, la contabilización de la venta de un avión que le llevó a anotarse unos dudosos beneficios de 6,3 millones de euros en las cuentas de 2019 y la contabilización retroactiva de las provisiones por litigios. Se trata de las tres materias determinantes que salieron a relucir en el careo y que plantean dudas sobre si la compañía podía acceder a esta ayuda pública.
Perito de Plus Ultra
A falta de conocer la decisión de la juez, cabe recordar que este analista ya ha aportado a la causa otras valoraciones de la aerolínea. Así, por ejemplo, en julio remitió otro estudio en el que explicaba que era necesario para Plus Ultra recibir los 53 millones de euros ya que, de lo contrario, no podría cumplir con el plan de viabilidad trazado. El trabajo se presentó cuando el juzgado que dirige Esperanza Collazos decidió suspender temporalmente la entrega de 34 millones que quedaban por aportar para esclarecer si la firma era merecedora del monto total autorizado por el Gobierno.
Tanto la Abogacía General del Estado (que defiende al consejo gestor de la SEPI imputado en la causa) como la Fiscalía solicitaron que se autorizara el pago de este segundo tramo de la ayuda para evitar que se perdieran los 19 millones de euros ya otorgados como préstamo ordinario. Este auditor y economista colegiado también plasmó que era necesario el desembolso íntegro del rescate para mantener la caja de seguridad de 10 millones planteada en la solicitud de la ayuda a fecha de enero de 2022.
Además expuso que, ante "una eventual situación de iliquidez" de la compañía, los principales perjudicados serían los clientes (por el pago anticipado de los billetes de avión) y los acreedores comerciales, ya que ostentan alrededor del 80% de los cerca de 50 millones de euros del pasivo de Plus Ultra. Además, también defendió que la mercantil operaba en periodo precovid al 4,02% del nivel de ventas de otras aerolíneas españolas y, por tanto, "en parámetros de normalidad".
Problemas con el careo
Sin embargo, esta tesis ha sido cuestionada por los peritos encargados por el juzgado para hacer un examen independiente de la situación. Aunque la Fiscalía y los servicios jurídicos del Gobierno se negaron a que se llevara a cabo esta diligencia alegando que con los informes de la SEPI quedaba claro que no hubo irregularidad, la juez la impulsó porque quería una opinión externa de estos hechos. Las conclusiones del despacho Martín Molina no sentaron bien a la aerolínea ni a la Abogacía, que incluso les acusó de extralimitarse en su análisis de la situación.
Los peritos del juzgado se ratificaron el pasado 18 de enero en sus dudas. Los expertos explicaron en sede judicial que no cumplían todos los requisitos exigidos por el Gobierno para entregar estas ayudas a empresas afectadas por la covid. En concreto, advirtieron de una posible incorrección de 6,3 millones de euros en las cuentas de 2019 como resultado de la contabilización de la venta de un avión de la aerolínea que se comprometió a alquilar a unos bonistas para saldar una deuda de 8,9 millones de euros.
A los expertos les llamó la atención que se anotase ese beneficio que afectaba al patrimonio neto de Plus Ultra. Se trata de un asunto crucial ya que que uno de los requisitos que tenía que cumplir era el de no estar en crisis a fecha de 31 de diciembre de 2019. Este hecho unido a las dudas sobre la naturaleza de un préstamo participativo canalizado en el paraíso fiscal de Dominica, llevó a los expertos a concluir que la compañía estaba en causa de disolución en esa fecha. Frente a esta tesis se situaron el asesor legal y financiero de la SEPI que sostienen que cumplía con los requerimientos exigidos.
Con todo, la magistrada Collazos tiene pendiente pronunciarse sobre la diligencia del careo ya que defensas y acusaciones han advertido al juzgado que la grabación presenta problemas. Por ello han solicitado que se les aclare si el defecto está en la copia entregada a las partes o en el original. De ser esto último, la diligencia se tendría que repetir. Al respecto Plus Ultra también ha advertido de este posible error y ha pedido que suspenda el plazo de diez días que la magistrada les había dado para formular alegaciones.