El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto con la norma de calidad del pan que establece la nueva definición de pan común, que incluye ahora panes elaborados con otras harinas distintas a las de trigo, de manera que permitirá aplicar el IVA reducido del 4 % a muchos más productos.
La portavoz del Gobierno, Isabel Celáa, ha recordado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el consumo de medio de pan en España, que ha definido como "un alimento fundamental para la dieta diaria", es de 31,77 kilos al año por persona.
Por esto, ha dicho, esta norma "tiene mucho interés para mejorar la información al consumidor".
El real decreto, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), establece las normas básicas de calidad para la elaboración y comercialización del pan en España y sustituye al real decreto anterior sobre la materia, aprobado en 1985.
Definición de pan común
Desde ahora, se considera pan común también el pan elaborado con harinas integrales, de otros cereales diferentes al trigo y otros "muy demandados por el consumidor moderno", como son los productos con salvado o el pan bajo en sal o con sustitutivos de sal.
Esta ampliación de la definición de pan común permite que a partir de ahora se aplique un IVA reducido, del 4 %, a estos productos que hasta ahora estaban gravados con un 10 %.
La Ley del IVA de 1992 señalaba que todas las harinas de cereales tenían una tasa del 4 %, sin embargo, sus panes no.
En cuanto a la composición de los mismos, el Ministerio ha destacado que fruto de las negociaciones con distintas administraciones como el Ministerio de Sanidad se ha incluido una última medida que consiste en limitar la cantidad de sal que se puede emplear para elaborar el pan común.