Política

Traje a la medida de Puigdemont: Sánchez amnistía los actos terroristas que "no superen un mínimo de gravedad"

Los socialistas han acordado con los independentistas amnistiar el terrorismo, dejando fuera "los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes"

El PSOE ha pactado la inclusión de enmiendas transaccionales en el texto de amnistía, hechas a la justa medida de su principal socio, Carles Puigdemont. Entre los "cambios técnicos" que los socialistas han acordado con los independentistas se encuentra amnistiar el terrorismo, dejando fuera "los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes".

El texto aglutina lo recogido por ERC y Junts en sus enmiendas 29 y 35 y reforma el artículo 2 de la norma referente a los delitos excluidos. De manera que estos queden con arreglo al artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, "a excepción de aquellos tratos que no superen un umbral mínimo de gravedad".

Este artículo diseñado a la medida del expresidente catalán, deja fuera de la amnistía aquellos delitos acometidos para "humillar o degradar a una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana, o para provocar miedo, angustia o inferioridad de una forma capaz de quebrar su resistencia moral y física". Una nueva estrategia del Gobierno de coalición para evitar que la norma caiga en Luxemburgo.

Por ello, el nuevo texto de la amnistía se detiene en exponer aquellas directivas europeas que amenazan la vuelta a España del 'hijo prófugo'. Así, quedan excluidos de la amnistía los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo, según la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, que "hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario". El resto, aquellas acciones por las que el Tribunal Supremo pueda imputar a Puigdemont por delito de terrorismo, quedan amnistiados.

Malversación y delito de alta traición

Respecto a los delitos de malversación, otro de los muros infranqueables de la Unión Europea, Sánchez y los suyos han hecho los deberes. De tal forma que sólo quedarán recogidos bajo el paraguas de la amnistía los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación, "únicamente cuando estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización" de cualesquiera de las conductas que tuvieron lugar en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017.

De esta forma, los beneficiados por la amnistía serán aquellos que hayan cometido delitos de malversación en el contexto del 'procés', siempre que "no haya existido propósito de enriquecimiento, así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad".

Respecto al delito de alta traición, que podría poner en jaque la vuelta de Puigdemont a España por la investigación del caso Voloh, también se ha llegado a un acuerdo con excepciones. Junts y ERC han tenido que conformarse con que la ley proteja los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado, sólo en el caso en el que no se haya "producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España".

Marco temporal de aplicación de la amnistía

El nuevo texto de amnistía también incorpora una nueva modificación respecto al ámbito temporal de aplicación de la norma. El pacto firmado por PSOE y los de Puigdemont amplía la amnistía a los actos realizados entorno a las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, siempre que hubiesen sido realizados entre los días 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023. El primer borrador de la proposición de Ley orgánica de la amnistía comenzaba en enero de 2012, por lo que el espacio temporal se adelanta dos meses.

Asimismo, se detalla que otros actos, cuya realización se hubiera iniciado antes de esta fecha, pueden también quedar protegidos por la ley, siempre que su "ejecución finalizase con posterioridad" a noviembre de 2011. "Los actos cuya realización se hubiera iniciado antes del día 13 de noviembre de 2023 también se entenderán comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley aunque su ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha", añade el texto.

Enmiendas transaccionales a la ley de amnistía by Vozpópuli on Scribd

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