Desde que se aprobara en 2013 el anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales han sido al menos cuatro las versiones nuevas que se han difundido a los medios. La última, del pasado 11 de noviembre, recoge una importante bajada de honorarios para los procuradores pero les 'regala' la tranquilidad de mantener su principal reclamo: que no sean compatibles las funciones de abogado y procurador.
El texto recoge una regulación del llamado arancel para evitar que sean desproporcionados y para abaratar el coste de los procesos judiciales. "Los aranceles son las bases de los honorarios de los procuradores. Los abogados tienen un baremo y el nuestro es un arancel que ahora mismo es fijo. Dependiendo de la cuantía y del asunto se cobra una cantidad, y ellos, dependiendo del despacho, cobran una cantidad según consideren. Lo nuestro es fijo y esa es una de las cosas que el anteproyecto cambiaba: pasaba de ser uno fijo a uno de máximos con una reducción de las cuantías", explican desde el Consejo de Procuradores a Vozpópuli.
En concreto, el anteproyecto plantea que la cuantía global que se podrá exigir por un proceso no podrá ser superior a 75.000 euros, mientras que en la regulación vigente ese máximo está fijado en los 300.000 euros. Además, tendrá que quedar plasmado por escrito como un contrato de servicios previo y presentarse dentro de los costos.
La propuesta fija un arancel máximo de 75.000 euros que además deberá quedar plasmado como un contrato de servicios previo
La reducción de los aranceles vendría estipulada por tramos, de manera que será de un 10% si la cuantía del procedimiento es inferior a los 601.012 euros, del 30% si oscila entre 601.012,01 euros y 10 millones de euros, del 40% si lo hace entre 10 y 50 millones de euros, del 50% para procesos entre 50 y 100 millones y del 60% si supera los 100 millones de euros.
Sin embargo el gremio se muestra escéptico ante esa nueva versión legal y ni siquiera el Consejo de Procuradores quiere entrar a hacer valoraciones sobre "algo que está en el aire". "Lo único vigente es lo aprobado el 2 de agosto de 2013, y no tenemos noticia de que vaya a seguir adelante ni esta ni las anteriores propuestas que han ido circulando, que han sido las negociaciones entre Economía y Justicia", defienden.
Pese a las dudas, esta nueva versión sí aborda un punto clave para los procuradores: mantiene la incompatibilidad con los abogados. Es decir, sigue prohibiendo que procuradores y abogados puedan desempeñar las mismas funciones. "La mayor guerra para el Colegio de Procuradores era evitar la compatibilidad, porque entonces podía ejercer como procurador cualquiera que tuviera la licenciatura en Derecho. Las funciones del procurador actual iban a desaparecer para reducir gastos en un procedimiento, porque según los abogados, encarecemos el proceso, cosa que no es así. Un abogado me triplica o cuadruplica honorarios", explica a Vozpópuli una procuradora del sindicato Manos Limpias.
La diferencia entre ejercer de abogado y de procurador, ambos licenciados en Derecho, radica en dónde se colegien. La función del procurador es, según explica ella misma, ser el soporte entre el juzgado y el cliente, representar ante los juzgados a la persona jurídica o física. Se encarga de presentar cualquier escrito de parte del cliente y a la vez, recoge cualquier notificación del juzgado y la traslada a abogado y cliente. "Es necesario que estén presentes en un 85% de los juicios, aunque si trabajan en un despacho grande con muchos señalamientos diarios, se puede operar a través de los oficiales habilitados que agilizan el trabajo", señala un abogado a este diario.
"Hay abogados que tiene mucho morro, que alegan que la culpa de cualquier cosa la tiene el procurador cuando a lo mejor el que se ha equivocado es él", explica una procuradora de Manos Limpias
El origen de las tensiones
Tradicionalmente se ha considerado que, pese a ser complementarios, abogados y procuradores mantienen cierta tensión en sus relaciones. Estos conflictos, ¿por qué suceden? "Porque los abogados no los vemos cien por cien necesarios. Te quitan mucho trabajo porque no te tienes que encargar de presentar los escritos ni estar pendiente de ir a por las notificaciones judiciales que te remite el juzgado. Para eso están ellos, que son tramitadores y tienen relación directa con el juzgado. El abogado en realidad hace todo. Los procuradores no pueden exigir cobrar más... ya se discute mucho su actuación. Si en un despacho creas una sección que se encargue de presentar escritos y recibir notificaciones, y que realice trámites en los juzgados, pues igual con eso se solventaría el trabajo del procurador, pero claro, son profesionales liberales que están muy establecidos", defiende el letrado.
Esta fuente consultada explica que las tiranteces vienen en ocasiones porque los abogados esperan que los procuradores hagan cosas que estos no hacen. "En la tramitación de procedimientos pasan muchas cosas, se demoran trámites, esperas que el procurador se mueva, pregunte, lo solucione, le mandas un escrito y no lo presenta... Esto está sometido a plazos y deben tener la responsabilidad de que si tú le mandas un escrito lo presente, y a veces hay conflictos. Pero hay algunos muy buenos que saben moverse muy bien y que te consiguen información", argumenta.
Como no puede ser de otra manera, en el lado opuesto está la versión de la procuradora de Manos Limpias, que también admite cierta tensión aunque matiza que no es con todos. "Hay abogados que tienen mucho morro, que alegan que la culpa de cualquier cosa la tiene el procurador cuando a lo mejor el que se ha equivocado es él. A veces un cliente me pregunta por qué no he presentado un escrito y resulta que el abogado ha olvidado dármelo. No es una guerra, hay de todo como en todas partes. Pero te aseguro que en materia procesal tenemos bastante más idea que los abogados", sentencia.