España

El TSJM admite a trámite otro recurso contra la privatización de hospitales de Madrid

El auto dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ implica directamente por primera vez a las empresas Ribera Salud, Sanitas e Hima San Pablo por haber recibido una adjudicación de forma irregular.

  • Protesta del personal sanitario de La Paz a la entrada del hospital.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), con fecha 25 de septiembre, ha dictado un auto por el que admite a trámite el segundo recurso contencioso administrativo presentado por la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (AMYTS). En este caso, contra la Resolución de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad Comunidad de Madrid que con fechas 6, 9 y 19 de agosto de 2013 adjudicaba la  privatización de la gestión de los hospitales Infanta Leonor (Vallecas), Infanta Sofía (San Sebastián de los Reyes), Infanta Cristina (Parla), Hospital del Henares (Coslada), del Sureste (Arganda del Rey) y el del Tajo (Aranjuez).

Pablo Martínez Segura, portavoz de AMYTS, subraya que al admitir a trámite  el recurso específicamente dirigido contra las adjudicaciones, “implica directamente por primera vez a las empresas constituidas al efecto por Ribera Salud, Sanitas e Hima San Pablo, siendo esta la primera ocasión en la que son emplazadas”. En palabras de Segura, “por primera vez las empresas están implicadas por haber recibido una adjudicación de forma irregular”.

El auto razona que no ha lugar a medidas “cautelarisimas” solicitadas, por estar todo el procedimiento ya suspendido por auto de la misma Sección y Sala del pasado 11 de septiembre a instancias del recurso presentado por la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM). Sin embargo, en la hipótesis de que el TSJM atendiendo el recurso de la Comunidad de Madrid levantara las cautelarísimas dictadas por el recurso de AFEM, el presente pronunciamiento abre la vía para la solicitud inmediata de las mismas por parte de AMYTS, dado que concurriría la “urgente necesidad” de no avanzar en el proceso que generaría daños irreparables.

“Por primera vez las empresas están implicadas por haber recibido una adjudicación de forma irregular”

El auto dictado este miércoles señala que: “la suspensión de la convocatoria para la licitación y de los Pliegos implica la suspensión del proceso de licitación y de todos los actos posteriores que de ellos deriven, tal como además ya advirtió esta Sala a la Comunidad de Madrid en la providencia dictada en fecha 31 de julio de 2013”. Ello quiere decir  de manera explícita que ni la Comunidad de Madrid, ni las empresas adjudicatarias, pueden avanzar en ninguna gestión implicada en el procedimiento suspendido y por tanto deberán abstenerse de realizar cualquier tipo de actuación.

Segundo recurso que el TSJM admite a AMYTS

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la misma que en la presente ocasión, ya había admitido a trámite el pasado 16 de septiembre el recurso contencioso administrativo presentado por AMYTS contra la Resolución de la Comunidad de Madrid que abría el proceso de privatización de la gestión de los hospitales Infanta Leonor (Vallecas), Infanta Sofía (San Sebastián de los Reyes), Infanta Cristina (Parla), Hospital del Henares (Coslada), del Sureste (Arganda del Rey) y el del Tajo (Aranjuez).

Asimismo admitía a trámite en el recurso la petición de AMYTS de nulidad de la comunicación de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), de 20 de mayo de 2013, que establecía las condiciones para el personal de los hospitales afectados, y la modificación del aval requerido a las empresas adjudicatarias. Dicho recurso había sido trasladado al TSJM por el Juzgado nº 32 el pasado 30 julio que se inhibió del caso. Ello significa que abre un procedimiento ordinario al cabo del cual (se estima que entre uno o dos años) establezca una sentencia.

Por lo tanto, en el primer recurso admitido a AMYTS lo que se recurrían eran los pliegos, la resolución de la Dirección General de RRHH y la bajada del aval de las empresas adjudicatarias (de los 200 millones que la Comunidad de Madrid les exigía inicialmente se pasó a exigir sólo el 10%, 20 millones). Y en este segundo recurso lo que se recurre es el hecho de la adjudicación a las empresas de la privatización. Según Pablo Martínez Segura "es importante porque admite que tanto las empresas adjudicatarias como la Comunidad de Madrid no pueden hacer nada".

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