La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación presentados por el ex presidente de la Generalitat, Artur Mas, y los ex consellers Joana Ortega y Francesc Homs, entre otros, por la sentencia del Tribunal de Cuentas que dictaminó que 4,1 millones del erario público catalán se habían destinado a la consulta del 9 de noviembre de 2014.
Según la providencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli, se inadmite "en tanto por falta de fundamentación suficiente" y es que el recurso de los líderes independentistas intentaba justificar los gastos asegurando que el dictamen del Tribunal de Cuentas era una "una pretendida vulneración de constitucionalidad, en razón a que los gastos se dirigen al ejercicio de una competencia de la que se afirma no es titular la Generalidad de Cataluña”.
Esta resolución alcanza mayor trascendencia en pleno proceso contable en el órgano fiscalizador. El alto tribunal cierra, de este modo, la puerta a enmendar la cuantía estipulada por el Tribunal de Cuentas que se malversó en los años del procés. Algunos dirigentes independentistas ya han dejado caer que llevarán el caso ante la justicia europea una vez agotada la vía judicial española.
En el caso de que el Supremo hubiera admitido sus recursos de casación y, posteriormente, hubiera fallado a su favor, hubiera significado que les habrían devuelto la cantidad millonaria pagada por la malversación.
Uno de los razonamientos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo para inadmitir los recursos es que están "infringiendo con ello la doctrina de este Tribunal que determina que resulta ajena o irrelevante, a efectos de determinar la existencia de responsabilidad contable, la infracción de normas ajenas al ámbito contable".
Desautorizar el Tribunal de Cuentas
Una de las estrategias de los dirigentes nacionalistas es desautorizar al Tribunal de Cuentas como organismo legítimo para investigar los presuntos delitos de malversación. Dicen que se trata de una "anomalía" del sistema democrático español y aseguran que no es homologable a ningún ente del resto de países de la Unión Europea. Aunque desde Club Tocqueville y otras entidades constitucionalistas han intentado contrarrestar este relato explicando las funciones del Tribunal.
Cabe destacar que el Tribunal Supremo, en su sentencia sobre el 'procés', ya dictaminó que la malversación había sido superior a 250.000 euros y derivó la causa al Tribunal de Cuentas para que cuantificara el total de dinero público usado para fines irregulares.