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La justicia da la razón a Hacienda en su batalla fiscal con Inés Ballester

Hacienda suma un nuevo caído a su lista. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por la periodista Inés Ballester contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central

  • Inés Ballester -

Hacienda suma un nuevo caído a su lista. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por la periodista Inés Ballester contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, que reclamó a la presentadora una regularización fiscal relativa al Impuesto de Sociedades tras detectar que facturaba sus trabajos a través de una sociedad, lo que le suponía un ahorro fiscal.

La sociedad a través de la que opera Ballester, constituida en Valencia, declaró una facturación anual superior a 1,5 millones de euros durante 2006 y 2007, los dos ejercicios investigados. No obstante, la presentadora se fijó un sueldo anual de 300.000 euros, una cifra muy inferior en comparación con los ingresos que obtenía. De esta forma, la veterana periodista logró rebajar su factura fiscal.

En esa época, y hasta 2008, Ballester presentaba el programa Por la mañana, en La 1 de TVE, tal y como se recuerda en la sentencia, que también señala que esta sociedad tenía cedidos "los derechos de propiedad intelectual, de imagen y de voz" de Ballester.

Tras detectar ese desequilibrio, Hacienda hizo sus cálculos y realizó una nueva valoración que elevaba el valor de los honorarios de la periodista en 1.363.343,96 euros (2006) y en 1.203.250,45 euros (2007). “Ello supone incrementar en 1.063.343,96 euros en 2006 y en 903.250,45 euros en 2007 el gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades de cada uno de dichos ejercicios y, correlativamente, incrementar en esos mismos importes, los rendimientos de trabajo personal de Doña Inés en su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”, reza la sentencia dictada este verano por la Sala de lo Contencioso.

Este periódico ha contactado con Ballestar antes de la publicación de este artículo y ha afirmado: "Hacienda no me reclama ninguna cantidad; me encuentro al corriente de todos los pagos y la sentencia es una resolución de un recurso presentado por mis representantes legales por diferencias de criterio y valoración con las cantidades y sanciones que demandaba hacienda de los ejercicios 2006 y 2007, hace 15 años".

Y ha añadido: "No hubo ocultación de ninguna cantidad y todos los importes fueron abonados en su día antes de presentar dicho recurso y por tanto no debo nada a Hacienda".

La sociedad de Inés Ballester

La sociedad, participada en su totalidad por Ballester, solo la tenía a ella como asalariada durante los dos ejercicios investigados. La inspección señala que todos los contratos suscritos por la recurrente reflejan la prestación de servicios de contenido artístico y “de carácter personalísimo”, condicionados a que fuera en exclusiva Ballester quien necesariamente prestara el servicio.

El TEAC ha aceptado la deducibilidad de algunos gastos (vestuario y maquillaje) pero ha rechazado otros que Ballester considera “gastos de desplazamiento” que incluyen viajes internacionales a Cuba, Disneyland, Estambul, India o Bali y nacionales entre Madrid y Valencia. Hacienda señala que no ha quedado debidamente acreditado que estos viajes fuesen de carácter profesional, decisión que comparte el tribunal: "Convenimos con la inspección que los mismos se encuentran comprendidos dentro del ámbito del ocio/vacacional y no dentro del ámbito laboral".

El tribunal también acepta las conclusiones de Hacienda en cuanto que “no se han acreditado medios personales y materiales de la sociedad vinculada para desarrollar sus actividades más allá de la simple intervención personalísima de su socia única y administradora", por lo que "debemos estimar que la sociedad se limita a facturar a terceros independientes los servicios prestados para ellos por la socia única y administradora de la sociedad."

En conclusión, la sentencia de la Audiencia Nacional respalda "en todos los extremos" los cálculos de Hacienda y confirma así que la presentadora valenciana no hizo correctamente sus declaraciones al fisco.

Los famosos caen ante Hacienda

Son muchas las caras conocidas que han recurrido a la fórmula de facturar sus ingresos profesionales a través de una sociedad instrumental o similar. Máxim Huerta, Nuria Roca, Ernesto Sáenz de Buruaga o los artistas Carmen Machi y Jordi Rebellón (el doctor Vilches en Hospital Central) también han tenido problemas con Hacienda por facturar sus trabajos a través de sociedades.

De hecho, durante la primera legislatura del Gobierno de Mariano Rajoy hubo voces dentro del periodismo español que calificaron de 'persecución' las diferentes inspecciones fiscales -derivadas en sanciones- que inició el fisco contra sus sociedades instrumentales casi al mismo tiempo.

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