Economía

¿Cómo afecta la decisión del TJUE sobre los temporales? Partidos, sindicatos y patronal difieren

Tras el fallo del TJUE sobre las indemnizaciones por despido, llegan las dudas sobre si tiene carácter retroactivo o no, y sobre quiénes son en realidad los sujetos afectados. La controversia está servida: la patronal dice que la sentencia supondrá cambios mínimos; los sindicatos hablan de vuelco.

  • Trabajadores en una fábrica.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que equipara las indemnizaciones por despido de trabajadores temporales y fijos, ha disparado las lecturas sobre a quienes afecta (interinos, temporales o ambos) y su posible carácter retroactivo. El fallo ha sido acogido de muy distinta manera y tanto los servicios jurídicos del Ministerio de Empleo, como los de los sindicatos CCOO, UGT y la patronal estudian el impacto de una sentencia que básicamente declara discriminatorio el sistema español de indemnizaciones, en especial para los interinos (300.000 en España), que hasta ahora no cobraban indemnización al finalizar su contrato.

Otra de las consecuencias de la sentencia es su posible carácter retroactivo, que podría suponer la apertura de una sucesión de reclamaciones por parte de trabajadores interinos y temporales cuyos contratos finalicen a partir de ahora o hayan cesado en un plazo no superior a un año.

Según la sentencia, que da la razón a la trabajadora interina del Ministerio de Defensa Ana de Diego Porras, los contratos temporales deberán tener la misma indemnización que los indefinidos (20 días por año trabajado), y esto deberá ser aplicable a los interinos. El TJUE no ve razones objetivas que justifiquen que los trabajadores indefinidos y temporales perciban indemnizaciones, y los interinos no.

En este sentido, la CSI-F ha recordado que los interinos tienen una gran presencia en las administraciones públicas y ha aprovechado el escenario para reclamar una oferta de empleo público que evite el abuso de la contratación de este tipo de personal. Una vez conocido el fallo, los sindicatos CCOO y UGT han expresado su "máxima" satisfacción ante una sentencia que, han dicho, "enmienda la plana" a la reforma laboral y pone "negro sobre blanco" en el principio de igualdad de las relaciones laborales.

Sin embargo, para la patronal CEOE la sentencia no obliga a hacer ningún tipo de cambio a la normativa española y consideran que tiene dos errores de concepto. Según la CEOE, en España, a todos los trabajadores, con contrato temporal o indefinido, se les aplica el mismo régimen jurídico y la misma extinción cuando se considera despido disciplinario, por causas objetivas o colectivo, que en el caso de procedente es de 20 días y de 33 si es improcedente.

Para la patronal CEOE la sentencia no obliga a hacer ningún tipo de cambio a la normativa española y consideran que tiene dos errores de concepto

La patronal ha precisado que la única diferencia es que los temporales tienen una indemnización de 12 días, en caso de que el contrato se extinga porque ha terminado su duración. Por su parte y tras conocer la sentencia, el Gobierno en funciones ha dicho que analizará el impacto en la seguridad jurídica de las relaciones laborales, si bien ha adelantado que cree que sus efectos son, esencialmente, en los trabajadores interinos.

Según el secretario de Estado de Empleo en funciones, Juan Pablo Riesgo, una vez haya sido analizado el impacto "y cuando el Gobierno, o un Gobierno, esté plenamente en sus funciones" podrá implementar los cambios oportunos "si así lo estima conveniente". Decisiones que -ha explicado- también podría tomar el Parlamento.

En este sentido, Riesgo ha recordado que "hubo recientemente un acuerdo entre PP y Ciudadanos en el que se abordaba este asunto, que podría solventarse en la medida en la que se establecía un único contrato temporal con condiciones semejantes para todos, de manera que los interinos tendrían las mismas condiciones, entre otras la indemnización, que el resto de trabajadores temporales".

A juicio de Riesgo, el fallo "nada tiene que ver" con la reforma laboral, ya que este asunto está regulado desde que se aprobó el Estatuto de los Trabajadores en 1980, por lo que lleva 36 años sin que se haya modificado. Desde el colectivo de autónomos, el presidente de la Federación ATA, Lorenzo Amor, ha considerado que este tipo de sentencias sólo genera inseguridad jurídica, ha pedido que se piense en "el empleador" que es quien crea puestos de trabajo, y ha subrayado que "no se pueden cambiar las reglas de juego a mitad de partido".

ciudadanos lo asimila a su contrato único

Por su parte, el grupo parlamentario de Ciudadanos asegura que la sentencia del tribunal europeo que pide no discriminar las indemnizaciones de fijos y temporales "va en la buena dirección" porque apunta a la vía del contrato único o contrato estable con indemnizaciones crecientes. En rueda de prensa en el Congreso, el portavoz parlamentario de Economía de Ciudadanos, Toni Roldán, ha firmado que la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo apoya acabar con la discriminación existente entre contratos indefinidos y temporales, tal y como ha defendido su partido en los dos pactos firmados con PSOE y con PP. "Ahora hay una regulación que permite que los temporales tengan una desprotección más grande por hacer el mismo trabajo y hay que eliminar las diferencias e igualarlas con un contrato estable", ha aseverado.

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