Este martes tendrá lugar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de Luxemburgo la vista en la que se decidirá sobre la retroactividad de las cláusulas suelo declaradas nulas. Es decir, que la sentencia surgida de esta vista (esperada para finales de año) implicará que los bancos tengan que devolver el dinero cobrado de más por los suelos declarados nulos por los tribunales (la práctica totalidad) o bien desde la firma de cada una de las hipotecas o bien desde mayo de 2013, fecha en la que el Supremo fijó jurisprudencia al respecto de estas cláusulas.
Para los abogados del Estado que representan a España en el TJUE es compatible que una cláusula sea nula y que a su vez dicha anulación no sea retroactiva a toda la vida de la hipoteca
Entre las partes personadas en la causa (bancos y una asociación de usuarios de banca) estará el Reino de España, que defenderá la no retroactividad de las cláusulas suelo declaradas nulas. Es decir, que los Abogados del Estado presentes en Luxemburgo se alinearán con las entidades financieras españolas en la defensa del criterio de que en todo caso la devolución del dinero cobrado de más en las hipotecas con suelos declarados nulos se limitará a partir del 9 de mayo de 2013, y no a toda la vida del crédito, como entiende la otra parte.
Fuentes presentes en la causa explican a Vozpópuli que "el criterio defendido por el Reino de España y por las entidades personadas es que el principio de no vinculación (que los Estados pueden aplicar de forma autónoma) es compatible con la limitación temporal de los efectos de la nulidad, ya que la no vinculación no determina per se la nulidad de la cláusula con el efecto reflejo de la restitución de las prestaciones, sino que se cumple con tal de que la cláusula deje de desplegar sus efectos y se respeten los principios de efectividad y equivalencia". Es decir, que según el criterio del Gobierno, una cláusula ilegal no anula por completo un contrato, sino sólo desde que es declarado nulo, sin retroactividad.
Este criterio, además de resultar coincidente con el de la banca española, que se enfrentaría a pagos de cientos de millones de euros no provisionados en su mayoría, no es aséptico para el Estado. Y es que tal y como ha podido saber este diario, el Gobierno se juega entre 700 y 800 millones de euros en el caso de que una sentencia europea determinase una retroactividad total de las cláusulas suelo nulas.
¿Cómo es posible? Según estas mismas fuentes, este posible agujero para el contribuyente procedería de las garantías aportadas a algunos bancos españoles a través de los Esquemas de Protección de Activos (EPA), firmados en los procesos de desinversión del Estado en la CAM (en favor de Banco Sabadell) o en CCM (en favor de Liberbank). Y es que dichos EPA cubrirían un porcentaje de las pérdidas incurridas en determinadas carteras crediticias, que se podrían ver afectadas por una resolución favorable a la retroactividad total por parte del TJUE.
La puntilla a las cláusulas suelo
Una sentencia favorable a la retroactividad total de las nulidades de los suelos supondría, más allá de un nuevo agujero para el contribuyente, la puntilla para estas cláusulas hipotecarias. Más allá de que algunas entidades defiendan todavía la legalidad de sus cláusulas suelo (Sabadell, por ejemplo) y otras se planteen acudir a los tribunales a recurrir la sentencia de hace unas semanas del juzgado de lo Mercantil de Madrid (que anuló los suelos de 40 bancos y cajas), lo cierto es que buena parte del sector se vería golpeado por una decisión desfavorable de los tribunales.
Buena parte del sector bancario español ha reconocido tener provisionadas cantidades solo limitadas a mayo de 2013, por lo que una sentencia en favor de la retroactividad les supondría un agujero no dotado previamente de varios cientos, o incluso miles, de millones de euros al sector. Los cálculos oscilan entre los 8.000 millones de euros totales estimados por Adicae, los 5.200 millones de euros previstos por AFI y los 1.500 millones de euros calculados por el banco suizo UBS.