España

La reforma de la malversación beneficiará a la órbita de Puigdemont y la cúpula de ERC

Los líderes de ERC Josep María Jové y Lluis Salvador, pendientes de ser juzgados por el TSJ catalán, también sacarán rédito de la rebaja de este tipo penal. El cambio conllevará la revisión de centenares de condenas

  • Josep María Jové y Oriol Junqueras, son dos líderes de ERC que se beneficiarán de la reforma del delito de la malversación

La reforma de la malversación que se impulsará en paralelo a la derogación de la sedición beneficiará no solo a los líderes del procés –con Carles Puigdemont a la cabeza- sino también a altos cargos de ERC que están pendientes de ser juzgados por el referéndum del 1 de octubre de 2017. Los cambios legales que plantea el Gobierno tras el acuerdo alcanzado con la formación independentista reducirán al máximo las condenas y acusaciones de cerca de una quincena de líderes soberanistas implicados en el procés.

En primer lugar, los grandes beneficiados de la reforma del delito de malversación de caudales públicos van a ser Carles Puigdemont y los exconsellers fugados de la Justicia: Antonio Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig. El horizonte penal de estos tres primeros se despejó el viernes al conocerse la proposición de Ley del Gobierno para derogar el delito de sedición y rebajar sustancialmente las penas de prisión y las inhabilitaciones.

Sin embargo, Puigdemont y los dos miembros de ERC -junto con Lluis Puig- también fueron procesados por malversar presuntamente fondos públicos de la Generalitat para sacar celebrar el 1-O y declarar la república de Cataluña. Ello garantizaba casi con total seguridad una inhabilitación elevada para ejercer cualquier cargo público. Con la reforma de este delito contra la Administración Pública, los fugados de la Justicia se verán del todo favorecidos en caso de que terminen siendo juzgados por la Sala de lo Penal del alto tribunal.

Inhabilitación mínima

A ellos se añade Marta Rovira. La secretaria general de ERC, a la que solo se le acusa por sedición, afrontará una pena máxima de cinco años de cárcel si se le acusa por desórdenes públicos agravados, la figura que sustituirá a la sedición en el Código Penal.

Junqueras apunta a Marta Rovira, en una foto de archivo

Además de los políticos huidos de España, los cambios legales repercutirán de manera directa en los nueve líder del procés condenados por sedición y malversación. La proposición de ley registrada este viernes en el Congreso por PSOE y Unidas Podemos plantea una rebaja de la pena de cárcel y de inhabilitación de tres a cinco años. En el caso de las autoridades (como ocurre con los exmiembros del Govern) la condena de inhabilitación era de entre seis y ocho años de prisión.

La malversación del 1-O en Cataluña

Este escenario hacía pues especialmente favorable la situación para los condenados únicamente por sedición: Carme Forcadell, Josep Rull, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Sin embargo, la rebaja de la malversación que prevé presentar ERC en una enmienda, terminará por favorecer a su líder, Oriol Junqueras y los otros tres condenados por estos dos delitos. A falta de conocer la rebaja en la malversación y el contenido de su redacción, lo que está claro es que reducirá en gran medida las penas de inhabilitación que ascienden a los 13 años en el caso de Oriol Junqueras.

Finalmente, otros dos dirigentes de ERC que van a verse beneficiados de la rebaja de la malversación son Josep María Jové (secretario general de la consejería de Economía cuando se celebró el 1-O) y también Josep Lluis Salvador, secretario general adjunto de la formación independentista. Ambos están pendientes de ser juzgados en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por delito de malversación de fondos y desobediencia con la celebración del referéndum ilegal en Cataluña.

Revisión del fallo del procés

En lo que respecta a la sentencia del procés dictada en octubre de 2018, el tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó estos hechos estudiará el contenido del fallo en cuanto entre en vigor la derogación de la sedición y la nueva redacción del delito de desórdenes públicos. Fuentes jurídicas consultadas por este medio explican que se hace muy complicado encajar este nuevo tipo penal en los hechos probados del fallo del alto tribunal. Por ello los magistrados tendrán que reunirse una vez se publiquen los cambios en el BOE en aras a estudiar la aplicación del nuevo delito.

Al respecto se estudian varias vías. Una de ellas abre la puerta a que al decaer la sedición, se evada también el delito de malversación, puesto que la condena para algunos de ellos fue en concurso medial. Algunos expertos entienden que, de derogarse la sedición sería muy difícil acreditar una malversación de una actuación que ya no se considera delito. Por contra, también cabe la posibilidad de que el Tribunal Supremo mantenga la malversación al considerar que, aunque ya no hay sedición, los condenados destinaron unos fondos a unos hechos de los cuáles el Tribunal Constitucional advirtió previamente de su irregularidad.

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