Madrid

Madrid abre el plazo para solicitar el bono de alquiler: estos son los requisitos

La ayuda consiste en un bono de alquiler de 250 euros que se concederá hasta dos años, sin poder superar los 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades

  • Bono joven de alquiler (Foto de Archivo).

La Comunidad de Madrid abrió en la noche de este martes 20 de septiembre el plazo para solicitar el bono joven de alquiler de 250 euros impulsado por el Gobierno central. Estas ayudas están dirigidas para menores de 35 años que arrienden un inmueble o una habitación en la comunidad.

La ayuda se concederá hasta dos años, sin poder superar los 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades. Asimismo, se podrán acoger a la subvención aquellos arrendatarios que alquiler un inmueble por cantidad igual o inferior a los 600 euros al mes o una habitación por un precio igual o inferior a 300 euros mensuales.

Teniendo en cuenta el precio de los alquileres en el mercado de la Comunidad de Madrid, el gobierno de Isabel Díaz Ayuso, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, ha ampliado en 29 municipios los límites máximos de los costes por la vivienda a 900 euros al mes en el caso de arrendar un inmueble y a 450 euros mensuales en el caso de ser una habitación, para que más personas puedan acceder a esta ayuda.

Las localidades en las que se amplían los límites son Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.

Requisitos para solicitar el bono de alquiler

Los beneficiarios de la ayuda podrán ser aquellas personas físicas mayores de edad y hasta 35 años de edad incluidos a la fecha de solicitud, que puedan acreditar una fuente regular de ingresos y que sean titulares o estén en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda o de habitación, o de cesión de uso, cuya renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales en el caso de arrendamiento de vivienda y 300 euros mensuales en el caso de arrendamiento de habitación, o hasta 900 euros y 450 euros en una serie de municipios, por una vivienda que constituya o vaya a constituir su domicilio habitual y permanente.

Además, el solicitante de la ayuda tiene que tener nacionalidad española o residencia legal en España. Asimismo, es necesario que en el momento de solicitar la ayuda, ninguna de las personas que convivan en la vivienda tengan parentesco en primer grado de consanguinidad, o bien todos tengan una edad no superior a 35 años y no ser propietario o usufructuario de una vivienda en España, ni el arrendatario, ni los convivientes (con algunas excepciones).

¿Qué documentación necesito aportar?

  • Contrato de alquiler.
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
  • Justificantes de los pagos del alquiler de las mensualidades vencidas a fecha de la solicitud de la ayuda.
  • Declaración del IRPF.
  • Documentación acreditativa de disponer de una fuente regular de ingresos.
  • Si se ha venido disfrutando del Bono Alquiler Joven en otra Comunidad o Ciudad Autónoma deberá aportar un certificado expedido por la Administración de origen, indicando las cuantías y las mensualidades ya reconocidas.

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