La Audiencia de Barcelona ha absuelto a un mosso d'esquadra que estaba acusado de reventar el ojo de un joven con una pelota de goma en la celebración de una victoria del Barça en mayo de 2009, al concluir que no se puede determinar qué agente disparó y si lo hizo contra los protocolos policiales.
En su sentencia, la sección décima de la Audiencia de Barcelona acuerda absolver al agente, para quien la acusación particular ejercida por la víctima pedía una pena de tres años de cárcel mientras la Fiscalía lo exculpaba por la imposibilidad de saber qué agente antidisturbios disparó el arma lesiva.
El joven, Óscar Alpuente, llevó a juicio a un mosso d'esquadra, tras rechazar la indemnización de 100.000 euros que la aseguradora del Departamento de Interior le ofreció por la pérdida del globo ocular porque exigía ser compensado con 180.000 euros.
Alpuente acusaba al agente encausado de dispararle una pelota de goma en la confluencia entre el paseo de Gràcia y la calle Diputación, cuando se alejaba de la plaza Catalunya de Barcelona, que los Mossos d'Esquadra habían ordenado desalojar por megafonía debido a los incidentes que se desencadenaron en la celebración de la victoria del Barça en la Champions, en mayo de 2009.
La sentencia, que avanza hoy "El Periódico de Catalunya", concluye que no existe prueba suficiente -ni los testimonios ni la grabación de las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de la Bolsa de Barcelona- para determinar en qué circunstancias se produjeron los disparos.
Por ese motivo, da credibilidad a la declaración de los agentes que aseguraron que los disparos se dirigieron a una zona donde se estaban produciendo disturbios, de acuerdo con los protocolos establecidos por el Departamento de Interior y siguiendo las órdenes del cabo que estaba al mando del dispositivo.
Para la sala, "no es acorde a las reglas de la lógica ni de la experiencia" que los escopeteros dirigieran sus disparos hacia la zona donde se encontraba la víctima, en la que -según se ha comprobado en el visionado de las grabaciones- "no existía ningún disturbio que precisara la atención policial".
Por ese motivo, la Audiencia cree que el impacto de la pelota de goma que reventó el ojo a la víctima "únicamente pudo provenir del rebote" de la bala, "o, en cualquier caso, de circunstancias del disparo ajenas a la voluntad del policía escopetero que la disparó". La sentencia añade que tampoco ha quedado probado que quien disparara la pelota de goma fuera el acusado, "hecho que por sí mismo llevaría a la absolución del mismo, al no quedar probada la autoría del delito".