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Buenas noticias para estos trabajadores: podrán reducir su jornada por el calor extremo

Las empresas están obligadas a garantizar la seguridad de sus trabajadores

  • Varios obreros trabajan en una obra. -

En los últimos días, las temperaturas en España no han dejado de subir. Aunque no se reúnen los requisitos para comenzar hablar de una ola de calor, lo cierto es que sí se han activado los primeros avisos por altas temperaturas en ciudades como Córdoba, Sevilla y Jaén, rozando en ocasiones los 40ºC.

Aunque el cuidado frente a los golpes de calor y las altas temperaturas debe ser común, hay ciertos colectivos especialmente vulnerables. Los niños y las personas mayores son dos de ellos, al igual que las mujeres embarazadas, lactantes o personas con obesidad, enfermedades renales, cardíacas o que podrían verse agravadas. De la misma manera, en el ámbito laboral algunos sectores se ven mucho más expuestos que otros.

El 14 de abril de 2023 se modificaba el Real Decreto 486/1997 con el objetivo de proteger de las altas temperaturas a los trabajadores que más sufren sus consecuencias: ahora todas las empresas deben tener medidas eficientes para garantizar su seguridad.

Trabajadores que podrán reducir su jornada

Los colectivos que, en caso de ola de calor o temperaturas elevadas, podrán reducir sus horas de trabajo, son los siguientes:

  • Trabajadores de la construcción y obra pública.
  • Personas dedicadas a la agricultura.
  • Personal de limpieza de calles.
  • Jardineros.
  • Trabajadores del sector de la hostelería.
  • Transportistas de paquetería.
  • Repartidores de comida a domicilio.
  • Carteros.
  • Guías turísticos.

La forma de medir los riesgos para la salud, y que determinarán cuando se deben tomar este tipo de medidas, es clara: las alertas emitidas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) o el órgano autonómico correspondiente. Podrán ser amarillas, naranjas o rojas según el nivel de las temperaturas.

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