La Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal de Argentina ha estimado el recurso de apelación presentado por la defensa de Rodolfo Martín Villa contra la sentencia de la Juez María Romilda Servini del pasado 15 de octubre, en la que consideraba al exMinistro español responsable del asesinato de cuatro personas durante la transición.
En la decisión del órgano judicial argentino, los jueces Martin Irurzun, Roberto José Boico y Eduardo Guillermo Farah deciden admitir el recurso presentado y "declarar la falta de mérito para procesar o sobreseer a Rodolfo Martín Villa con relación a los hechos descriptos en el pronunciamiento impugnado".
Martín Villa (León, 1934), ministro entre los años 1975 y 1981, vicepresidente del Gobierno de Leopoldo Calvo-Sotelo hasta 1982, ha sido investigado durante más de seis años en Argentina, entre otros casos, por los sucesos de Vitoria de marzo de 1976, en los que cinco trabajadores fueron asesinados durante una represión policial en la capital alavesa.
Los expresidentes Felipe González, José María Aznar, Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy han apoyado a Martín Villa
El órgano judicial que ha anunciado hoy jueves la admisión del recurso y la falta de mérito para procesar a Martín Villa está al frente de casos de suma importancia en el país, como una denuncia contra el expresidente Mauricio Macri, o en la firma del Memorándum de entendimiento con Irán, que afecta a la vicepresidenta Cristina Kirchner.
La juez Servini consideraba en su fallo del pasado mes de octubre a Martín Villa "prima facie autor penalmente responsable" de tres de las cinco muertes causadas en el desalojo policial de una iglesia de Vitoria en marzo de 1976, y de la muerte por disparos de la policía de un manifestante en las fiestas de San Fermín en julio de 1978 (Pedro María Martínez Ocio, Romualdo Barroso Chaparro, Francisco Aznar Clemente y Germán Rodríguez Saíz).
En la decisión conocida hoy de la Justicia argentina, los jueces explican que la jueza Servini calificó a Martín Villa como "autor mediato por el dominio de un aparato de poder organizado", basándose en la teoría elaborada por el jurista Claus Roxin sobre la base de "…los crímenes ordenados por Hitler, Himmler, Eichmann y otros mandos políticos y militares del gobierno nacional socialista".
No se ha probado que en la Transición española existiera un plan sistemático contra parte de la población, dicen los jueces
En esos casos, señalan los jueces argentinos, quienes dictaron las órdenes de exterminio "eran autores mediatos, pues ellos estaban colocados en la palanca de un aparato de poder y a través de las órdenes impartidas dieron a lugar a delitos en los cuales resultó irrelevante la individualidad de los ejecutantes".
Pero en el caso de Martín Villa, señalan, no se ha probado que en el momento de los hechos investigados, durante la Transición, existiera un plan sistemático contra la población civil, ni que Martín Villa fuera autor directo de los mismos.
"Las consideraciones expuestas ponen de manifiesto, además, el desacierto de la calificación jurídica efectuada por la magistrada, al considerar al imputado como 'autor mediato por el dominio de un aparato de poder organizado', según la teoría de Claus Roxin", dicen ahora los jueces argentinos.
Los abogados del exMinistro y expresidente de Endesa, el despacho Baker McKenzie, ya advirtió en su recurso que la decisión judicial del pasado mes de octubre era "un disparate", y que la magistrada ha hecho suya "la versión de los querellantes".
Durante el proceso, los expresidentes del Gobierno español Felipe González, José Luis Rodríguez Zapatero, José María Aznar y Mariano Rajoy testificaron en el caso ante la Juez argentina apoyando a Rodolfo Martín Villa.