Economía

Atresmedia y Mediaset, sancionadas por emitir publicidad de bebidas alcohólicas en horario protegido

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción a Atresmedia, de 145.147 euros, y otra a Mediaset, de 118.728 euros, por la vulneración del artículo

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La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción a Atresmedia, de 145.147 euros, y otra a Mediaset, de 118.728 euros, por la vulneración del artículo 18.3.d) de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a veinte grados en una franja horaria protegida.

Así lo ha anunciado este martes 5 de junio el organismo estatal, que ha recordado que la ley establece la prohibición de "la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20.30 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir".

Según ha precisado la Comisión, estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión Antena 3 y Neox, de Atresmedia; y en Telecinco, de Mediaset, durante los meses de noviembre y diciembre de 2017.

No obstante, la CNMC ha recordado que contra esta Resolución Atresmedia y Mediaset podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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