Bankia pierde otra batalla en los juzgados. Una derrota que puede tener unas consecuencias impredecibles para la entidad presidida por José Ignacio Goirigolzarri. Pablo Martínez-Hombre, titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo, ha firmado una sentencia histórica en la que se condena a la entidad a devolver a una familia los 38.000 euros que invirtieron en la compra de títulos de la oferta pública de venta (OPV) celebrada en julio de 2011. La sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, dictada el pasado 21 de noviembre, supone el primer fallo contrario a Bankia por la mala comercialización de sus acciones con motivo de su salida a Bolsa. Sólo en el primer año, los inversores perdieron un 82% del precio inicial de 3,75 euros por acción, lo que suponía una rebaja del 15% respecto al nivel más bajo de la banda inicial (4,41-5,05 euros).
El juez Martínez-Hombre fundamenta su fallo en la mala comercialización realizada por la entidad en la colocación de estos títulos, lo que abre la esperanza a los miles de afectados que han denunciado a Bankia por esta causa. En su exposición, el magistrado basa la condena en dos circunstancias. Por un lado, recalca que los trabajadores de la entidad reconocen que vendieron a los afectados "unos valores muy demandados, puesto que se estaban vendiendo por debajo de su valor". "Lo que notoriamente no era cierto", asegura el magistrado. La segunda circunstancia que critica el juez se basa en cómo la entidad incitó a los afectados a solicitar una cantidad de títulos superior a la que realmente deseaban, en base a que "seguramente habría un prorrateo sobre las peticiones, dada la elevada demanda de acciones que estaba teniendo lugar". Sin embargo, los afectados tuvieron que 'comerse' la sobrepetición de acciones al no existir prorrateo finalmente.
"Ello unido al hecho, no negado por la demandada (trabajadora de la entidad), de que los demandantes intentasen ponerse en contacto con la entidad bancaria el último día de la oferta con la intención de anular la orden, reconociendo la citada testigo que, cuando habló con ellos alrededor de ese día, le manifestaron esta voluntad, demuestra que los clientes firmaron las órdenes en junio de 2011 en la creencia de que las cantidades recogidas en ella tenían carácter provisional, siendo la cantidad que realmente iban a invertir la que resultase del prorrateo que en el banco les había comunicado que se iba a realizar", explica la sentencia.
"Todo ello hace pensar que los actores sufrieron, al tiempo de firmar las órdenes", prosigue el fallo judicial, "un error tanto sobre la cantidad de títulos que adquirían y de dinero que invertían como sobre el valor de dichos títulos, inducidos a pensar por la entidad que la cantidad que finalmente invertían sería inferior a la reflejada en los títulos y que el valor de estos era muy superior al precio que iban a pagar por ellos".
El juez explica en su fallo que "no era cierto" que hubiera mucha demanda por las acciones de Bankia, como aseguraba la entidad, ni que los títulos se estuvieran vendiendo "por debajo de su valor" por este exceso de peticiones
La sentencia no fue recurrida por Bankia, según confirman fuentes de la entidad, que aseguran tener fallos en sentido contrario. De hecho, el banco presidido por Goirigolzarri ha devuelto ya a esta familia afectada no sólo los 38.000 euros invertidos en la compra de títulos en la salida a Bolsa sino también otros 60.000 euros colocados en preferentes. "Inicialmente", relata a este medio José Antonio Ballesteros, el letrado de los afectados, "mis clientes sólo pretendían reclamar la inversión en preferentes porque veían complicado poder recuperar el dinero de las acciones porque es un producto de más riesgo. Todo el mundo sabe lo que implica comprar acciones.
"Sin embargo", prosigue el letrado, "les animé a reclamar por las acciones porque considero también que la colocación fue una baraja marcada por la contabilidad falseada por el equipo de Rato (la sentencia sólo se refiere a la mala comercialización, no dice nada de la reformulación de las cuentas). El fraude en la colocación de las acciones de Bankia ha sido tan evidente que la viabilidad de las demandas de nulidad de las compras de acciones o de resarcimiento de las pérdidas sufridas es aún más evidente que en el caso de las preferentes".
Esta sentencia puede convertirse en precedente para el fallo que tiene que dictar José María Fernández Seijo, titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, sobre la demanda interpuesta por dos hermanas de Badalona que han solicitado la nulidad de la compra de acciones de Bankia por valor de 90.000 euros que hizo su padre, que entonces tenía 90 años, al considerar que la entidad no le informó correctamente sobre su nivel de solvencia. El juicio oral se celebró el pasado 10 de febrero.
En la vista, la abogada de Bankia alegó que el anciano -que falleció en diciembre pasado a los 92 años de edad- estaba perfectamente lúcido cuando compró las acciones, se le informó debidamente del producto y conocía los riesgos de su adquisición. En el juicio han declarado únicamente el director de la oficina de Badalona y la responsable de zona de Bankia, que fueron a casa del anciano a venderle las acciones, ya que la entidad financiera ha renunciado a interrogar a las dos hermanas, que alegan que su padre firmó la compra de acciones pensando que compraba Bonos de la Generalitat.
En el caso de prosperar las reclamaciones de esta y otras causas pendientes, Bankia tendría que hacerse cargo del pago de las posibles condenas, que se sumarían a las cuantías que la entidad tiene que satisfacer por las reclamaciones judiciales y los arbitrajes de las preferentes y deuda subordinada. Goirigolzarri estima el coste del arbitraje en 1.200 millones, como explicó en la presentación de resultados anuales del grupo. Sobre las reclamaciones judiciales por los híbridos, Bankia resarcirá los primeros 230 millones que tenga que devolver por los fallos en los tribunales. A partir de esta cantidad, será Banco Financiero y de Ahorros (BFA), la matriz del grupo, quien asumirá el pago a los afectados. Un movimiento que la entidad se niega a explicar.