El Gobierno de Manuela Carmena camina con paso firme en su estrategia de dar un giro a la movilidad de la ciudad de Madrid. Este viernes, el pleno del consistorio a dado luz verde a la nueva ordenanza de movilidad sostenible. Aunque no entrará en vigor hasta que aparezca publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
“Este período puede dilatarse semanas, no obstante, el Ayuntamiento comunicará esta fecha cuando se conozca”, indican fuentes del consistorio a este medio. Por lo tanto, todavía existe un margen para poder estudiarse el nuevo escenario que ha creado el Ayuntamiento sin ser multado.
Uno de los puntos más destacados es la reducción del límite de velocidad para todos los vehículos a 30 kilómetros por hora en las calles de un solo carril por sentido o de carril único,que son un 85% del total de las calles de Madrid.
Por otro lado, se reduce a 20 kilómetros hora la velocidad en la calles con acera y carretera a la misma altura, conocido como zonas de plataforma única, por motivos de seguridad. En el resto de calles se mantendrá la limitación de 50 kilómetros por hora, aunque "podrá rebajarse el límite de velocidad a 30 km/h siempre que la seguridad vial así lo aconseje", apunta la ordenanza.
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Motos y patinetes eléctricos
La gran aceptación que ha tenido el motosharing y los patinetes eléctricos ha generado un problema en su aparcamiento. Por ello, el Gobierno local ha decidido regular esta actividad. Los conocidos como vehículos de movilidad personal (VMU), motos, ciclomotores, bicis, patinetes eléctricos y segways, no podrán circular por las aceras ni espacios peatonales. Su circulación deberá ser por ciclocalles, carriles bici protegidos y pistas bici, además de por las calzadas de calles residenciales limitadas a 20 km/h. Tendrán que estacionar en las reservas destinadas a estos vehículos. Si no las hubiera, la alternativa resulta algo compleja. Estos vehículos podrán estacionar en las aceras siempre que dejen más de 3 metros de ancho libre. En aceras de menos de seis metros deberán hacerlo paralelamente al bordillo. Y, si la acera tiene más de 6 metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo.
"También tendrán que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales, y respetar los espacios peatonales próximos a paradas de autobús o taxi, estaciones de BiciMAD y otras reservas", añade esta ordenanza.
Los patinetes eléctricos no podrán circular por las aceras ni espacios peatonales
Por otro lado, los patines y patinetes sin motor, incluyendo monopatines, podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de personas, que no exceda de los 5 kilómetros por hora; por aceras bici y sendas ciclables, a una velocidad que no supere los 10 kilómetros por hora.
La edad mínima permitida para circular con un VMU será de 15 años. Los menores de esta edad podrán utilizarlos en zonas cerradas al tráfico cuando estén acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores. Los menores de 16 años usuarios de vehículos A y B deberán llevar casco.
Está prohibida la circulación con estos vehículos cuando se supere la tasa de alcohol establecida en la normativa general de tráfico o cuando se hayan consumido drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
Eliminar la zona azul
Una medida significativa que incluye esta ordenanza es la Zona de Aparcamiento Vecinal (ZAV). Una nueva figura de aparcamiento regulado distinto al Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), aplicable en barrios con efecto frontera o alta intensidad de estacionamiento. Este cambio se realizará bajo demanda vecinal y sin tasa ni límite de estacionamiento para los propios residentes.
Es decir, Madrid camina hacia la eliminación de la zona azul (visitantes) en favor de la zona verde (residentes). "La creación y delimitación de las ZAV se realizará a solicitud del pleno del distrito en que se encuentre ubicado y, tras los estudios e informes oportunos podrá ser elevado por la Junta de Gobierno a la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid", apunta la ordenanza.
La creación y delimitación de las ZAV se realizará a solicitud del pleno del distrito en que se encuentre ubicado
En esta normativa también se incluye la restricción de entrada en el centro de Madrid con el coche propio. El Un perímetro que forman las calles de Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Plaza de España, Princesa y Serrano Jover tendrán unas condiciones especiales desde el 23 de noviembre.
Los residentes podrán entrar con sus vehículos, pero solo podrán aparcar en su barrio, ya que todas las plazas en la zona son verdes. También podrán acceder a la zona coches de no residentes con etiqueta ambiental CERO y ECO. los que tengan etiquetas B o C solo podrán entrar para aparcar en un garaje privado o aparcamiento público. No obstante, el Gobierno local creará un campaña de información para este complejo punto.
Por otro lado, la ordenanza introduce la obligatoriedad de lucir en los vehículos los distintivos ambientales de la DGT en un plazo de seis meses. La nueva normativa recoge los cambios de movilidad previstos en el Plan A, como la creación de la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central y los criterios de acceso a la misma, y los contenidos en el Protocolo de Actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno.