Economía

La chapuza de las mascarillas de Correos abre la puerta a miles de reclamaciones por notificaciones inválidas

Las notificaciones de Hacienda y tribunales durante el estado de alarma, inválidas por negarse los carteros, dotados de mascarillas defectuosas, a recoger las firmas

  • Juan Manuel Serrano, cuando era presidente de Correos.

Miles de notificaciones de Hacienda y de los tribunales durante la pandemia no son válidas y pueden reclamarse. Se trata de un conflicto que no ha trascendido que tiene su origen en la gestión del entonces presidente de Correos, Juan Manuel Serrano, en su enfrentamiento sin cuartel con los carteros y en la compra de más de ocho millones de mascarillas defectuosas por la trama Koldo que operaba en el Ministerio de Transportes de José Luis Ábalos.

Multas, requerimientos, propuestas de liquidación, embargos, deudas con Hacienda, resoluciones, actuaciones, requisiciones de los tribunales de Justicia.... las notificaciones a personas físicas por parte de Hacienda y las de los tribunales de los primeros meses de la pandemia no fueron notificadas con eficacia y pueden reclamarse.

Una situación con tintes surrealistas que funcionarios de Hacienda, Transportes y Correos conocen bien y que con el estallido de la trama Koldo y la posible prescripción de las reclamaciones sale ahora a la luz.

Juristas consultados por Vozpópuli sostienen que la posibilidad de reclamar prescribiría a los cuatro años de ser notificadas, lo que empezará a vencer a partir del 14 de marzo, fecha del primer Decreto del estado de alarma de marzo de 2020.

Las mascarillas que adquirió Correos a la trama eran defectuosas, lo que causó el enfado de los carteros. Serrano propuso a Fomento militarizarlos a raíz de la pandemia para asegurar el servicio de Correos, pero Transportes se negó a considerar su propuesta y los carteros se pusieron en pie de guerra.

Durante todo el estado de alarma, los carteros se negaron a recoger firmas en los envíos certificados lo que provocó que las notificaciones de la Agencia Tributaria y de los tribunales no resultasen válidas al faltar la firma del receptor, ante el monumental enfado de Hacienda.

La familia de un cartero fallecido en la pandemia cuenta que no se recogía la firma manuscrita del destinatario y el propio cartero firmaba con la fórmula: "Firma no exigida covid-19".

Correos llegó incluso a proponer un Real Decreto (que modificaba el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales) validando las notificaciones sin firma, que Transportes tramitó sin éxito ante la oposición de Hacienda.

Las críticas del CGPJ

En este escenario, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) redactó un informe, al que ha tenido acceso Vozpópuli, que tumbó la propuesta de Fomento a petición de Correos. Tras este informe, la propuesta de eliminar la firma en las notificaciones se archivó.

Las fuentes conocedoras a las que ha consultado este periódico advierten de que este episodio queda como una muestra indicativa del escaso respeto de algunos sectores de la Administración de Pedro Sánchez por la legalidad durante la pandemia. 

La regulación de las notificaciones administrativas se contiene en los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El CGPJ advierte en su informe de que por su vinculación con el derecho a la tutela judicial efectiva, se trata de una materia respecto de la que existe una reserva (formal) de ley.

"La supresión de las garantías adicionales prevista en los artículos 41 y 44 operada por la reforma proyectada no resulta conveniente desde la óptica del aseguramiento de una correcta práctica de los actos de comunicación de las resoluciones y actos de la Administración, en interés del derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos", avisa el CGPJ.

Cree que en este sentido cabe entender la exigencia prevista en el artículo 41.3 de que en la recepción de la notificación deba constar, además de la fecha, la identidad, número de documento nacional de identidad o documento que lo sustituya del receptor, "la firma del interesado o persona que pueda hacerse cargo de la notificación".

La necesidad de que conste la firma del receptor para tener por válida la notificación ha sido apreciada por la jurisprudencia, recuerda.

En suma, el CGPJ considera que se trata de "unas garantías adicionales que permiten tener constancia de determinados elementos de la recepción de la notificación (identidad del receptor, DNI u otro documento equivalente, firma, sello de la entidad) de notificación con el fin de asegurar que su destinatario ha podido tener conocimiento".

Esaú Alarcón, socio en Gibernau, explica que cabe reclamar la revocación, para lo que habría un plazo de cuatro años que vence ahora, en concreto, en el momento en el que se recibió la notificación. También cabría una vía más general de nulidad de pleno derecho según el artículo 217 de la Ley General Tributaria, que es imprescriptible, añade.

Sello del Zamora CF

Alarcón distingue entre la "validez y eficacia" de las notificaciones y advierte de que podría alegarse que tienen validez pero no eficacia. Si el destinatario no quiere recibirla se entiende que concurren las dos, pero si es el funcionario el que no quiere entregarla, puede ser válida pero no eficaz. Las que se han recurrido dan lugar a nulidad y se puede intentar un mecanismo extraordinario de revisión no automático, apunta.

Fuentes de la Agencia Tributaria (AEAT) consideran que esta situación no tiene efecto de indefensión en los procedimientos ya que quien quiso alegar, pudo, y fue posible que siguieran su curso. Creen que no hay un problema de invalidez sino de indefensión pero defienden que no concurre.

No fue éste el único episodio pintoresco que se ha vivido en Correos y Hacienda en relación con la trama Koldo. El comisionista de la trama, Víctor de Aldama, presidente del Zamora Club de Fútbol, consiguió que Correos y Hacienda promovieran un sello del club, que no cumplía efeméride ni requisito alguno. De hecho, el Zamora sustituyó sorpresivamente a otro previsto sobre la tecnología LED.

"Hacían lo que querían", trasladan fuentes conocedoras de cómo operaba la trama en distintos ministerios y empresas públicas.

Una resolución conjunta publicada en el BOE de los subsecretarios de Transportes y Hacienda del 24 de septiembre de 2021, sobre emisión y puesta en circulación de cuatro series de sellos de correo denominadas "Efemérides-2021" así lo muestra.

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