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El Supremo corrige a la Audiencia y avala los 20 días por año en los 700 despidos de Tragsa

La Audiencia estimó la demanda de los sindicatos y comités de empresa, quienes impugnaron el ERE por la forma en la que fueron escogidos los empleados que iban a ser despedidos, entre otros motivos.

  • La empresa llevo a cabo varias huelgas de basura como medida de presión

El Tribunal Supremo ha avalado este miércoles el despido colectivo acordado por la empresa pública Tragsa, que extinguió los contratos indefinidos de 726 trabajadores por razones económicas, productivas y organizativas con una indemnización de 20 días por año, la fijada por la ley para este caso, según recoge Efe. 

El fallo del Supremo corrige la decisión de la Audiencia Nacional que el año pasado anuló el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de la Empresa pública de Transformación Agraria (Tragsa). 

La Audiencia estimó la demanda de los sindicatos y comités de empresa, quienes impugnaron el ERE por la forma en la que fueron escogidos los empleados que iban a ser despedidos, entre otros motivos. Las empresas Tragsa y Tragsatec recurrieron en casación ante el Tribunal Supremo.

El tribunal considera que son suficientes los criterios de selección de los trabajadores afectados y CSIF defiende que la facturación de Tragsa se ha incrementado un 70% en el último ejercicio

En un comunicado, el Tribunal Supremo detalla que el Pleno de la Sala Cuarta, en sesión celebrada este miércoles, ha acordado por unanimidad "aunque con votos particulares concurrentes, estimar el recurso de casación de las empresas y declarar el despido colectivo ajustado a derecho".

Añade que, tras analizar la regulación del despido colectivo, "no concurren en el presente supuesto los requisitos para apreciar que haya existido grupo irregular de empresas y que no tiene en el caso responsabilidad solidaria la filial Tragsatec".

La Sala indica que "ante la inspección de trabajo y en el acuerdo finalmente no ratificado, la representación laboral estimó suficiente la documentación aportada y que no es necesario aportar justificación adicional de la causa organizativa cuando se reduce el número de afectados".

Por otra parte, señala que "son suficientes los criterios de selección, no cuestionados durante la negociación, si están referidos a un cuadro geográfico y funcional de amortización de puestos de trabajo". Y considera que, "en ellos, se respetaron además los criterios constitucionales de mérito y capacidad".

En el texto asegura que "no es discriminatorio que el despido afecte solo a personal fijo y no a los contratados temporales".

CSIF apela al "sentido común"

El sindicato CSIF ha mostrado su "disgusto" y "preocupación" por la decisión del Tribunal Supremo sobre el despido colectivo en Tragsa, ante la "incertidumbre que genera sobre un colectivo que supera los 1.600 trabajadores" y apela al "sentido común" para alcanzar una solución negociada.

Así lo han apuntado fuentes de CSIF, quienes han avanzado que van a esperar a conocer el contenido de la sentencia para ver las implicaciones que pueda tener. Las mismas fuentes del CSIF han asegurado que en este momento toda la plantilla está trabajando y que el ERE fue planteado por la compañía a partir de unas cifras de facturación, las de 2012, que coincidieron con "la peor época" de inicio de la crisis.

Según han apuntado, "ahora la facturación de Tragsa se ha incrementado en un 70% en el último ejercicio" y, por tanto, pedirán a la compañía que modifique el ERE, porque las circunstancias económicas han cambiado y para que "no se produzca ningún despido forzoso".

Medio centenar de trabajadores del Grupo Tragsa se han concentrado hoy, convocados por CSIF, a las puertas del Tribunal Supremo, para reivindicar "la nulidad" del que consideran "el mayor ERE presentado en una empresa pública española".

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