Este fin de semana se ha publicado el Proyecto de Ley por el que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), anuncianda hace dos semanas en el Consejo de Ministros, algo que la institución pedía a gritos, ya que la anterior ley databa de 1998, estaba firmada por Rodrigo Rato y recogía cifras en pesetas. En dicho documento se puede ver que aplican tarifas fijas a fondos de inversión y sicavs, incluyendo a los de las gestoras internacionales, mientras se rebaja de manera drástica las tasas a los miembros de Iberclear. Hay otro tipo de modificaciones en materia de OPAS.
Como puede verse en la página 20 del reciente Proyecto de Ley, las Instituciones de Inversión Colectiva españolas (IIC, fondos y sicavs), así como los fondos de capital riesgo, tendrán una tasa de aplicación de 2.500 euros, tanto por inscripción como por fusiones, modificaciones u otras operaciones societarias.
Como novedad, entran también los fondos internacionales, cada día más presentes en el mercado español, y, curiosamente, se menciona expresamente que sufrirá la misma tasa la modificación de los objetivos de rentabilidad de los fondos, algo que la CNMV supervisa con mucho cuidado.
Con anterioridad, al registro de fondos se le cobraba un 0,5 por mil sobre patrimonio, hasta que alcanzara la cifra de 1.500 millones de pesetas (9 millones de euros). A partir de ahí, se tomaba esa cota como referencia, aunque fuera muy superior.
Tasa de supervisión
En dicho documento se puede ver cómo las instituciones de inversión colectiva sufren un incremento concreto en materia de tasa de supervisión: “Hasta ahora se estaba aplicando un 0,001% trimestral. Con el nuevo marco, será del 0,00175% pero semestral”, indican desde una gestora española. A pesar de que parece una rebaja, puesto que se duplica el periodo pero no el tipo, “la novedad es que cobrarán una cuota fija mínima de 500 euros”.
La gestora manda el siguiente ejemplo explicativo a la hora de pagar la supervisión de la actividad de las sociedades gestoras de fondos (SGIIC), de carteras (SGC) y de fondos de terceros (SGFT), así como sociedades de valores.
*Supervisión de la actividad de las SGIIC, SGC y SGFT.
BASE: Recursos propios exigibles, según normativa, el último día de cada uno de los meses del trimestre natural.
TIPO: 0,125 * 1.000 Cuota fija mínima: 185,03 euros.
NUEVA LEGISLACIÓN:
Tarifa 6.1.2 Para las SGIIC: el 0,025%, con una cuota fija mínima de 500,00 euros.
Ejemplo: SGIIC: Recursos propios exigibles = 300.000 €
Legislación actual: 300.000 € x 0.125/1000 = 37,5 € (Mínimo 185,03 €)
Nueva legislación: 300.000 € x 0.025% = 75 € (Mínimo 500 €)
*Supervisión de la actividad de las Sociedades y Agencias de valores.
BASE: Media de los recursos propios exigibles según la normativa en vigor, el último día de cada uno de los meses del trimestre natural.
TIPO: 0,7 * 1.000
NUEVA LEGISLACIÓN:
Tarifa 6.1.1 Para las ESI que, de acuerdo con la regulación prudencial aplicable, deban disponer de un determinado nivel de recursos propios: el 0,1 por ciento, con una cuota fija mínima de 500,00 euros.
Ejemplo: Agencia de Valores : Recursos Propios Exigibles= 800.000 euros
Legislación actual: 800.000 x 0.7/1000 = 560 Euros
Nueva legislación: 800.000 € x 0.1% = 800 Euros (Mínimo 500€)
A su vez, a los miembros de la sociedad de liquidación y compensación Iberclear el regulador les recortará las tasas en un 75%, para favorecer entre otras cosas que los emisores continúen operando en España y, además, para no tener tanta concentración financiera en este segmento.
Por otro lado, en materia de OPAS, la tasa de autorización se desplaza a la fase del examen de la documentación, fijando nuevas tasas mínimas.
Muchas sicav
La antigüedad de la anterior norma y la proliferación de nuevos fondos internacionales, así como de sicavs, son algunos de los motivos de esta actualización, a pesar de que desde el regulador se insiste en que una tasa sólo persigue cubrir el coste generado.
La CNMV prevé este año incrementar un 1% su presupuesto, hasta el entorno de los 46 millones de euros. Contrariamente a lo que se piensa, el organismo tiene financiación privada, de los emisores, pese a ser un organismo de titularidad pública.
Ello provoca una curiosa controversia, ya que la comisión coloca sus beneficios (unos 10 millones de euros en el último ejercicio conocido; 2010) en una cuenta del Tesoro, que van directamente a reducir déficit, pero no puede emplearlos para contratar más efectivos, ya que deben serle autorizadas las plazas de empleo público por el ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Y el empleo público lleva congelado dos años.
La actual presidenta, Elvira Rodriguez, va a hacer lo posible durante su mandato para lograr la mayor autonomía, financiera y de actuación. Una de sus obsesiones es dotar de más medios al regulador y poder tomar decisiones internas de manera autónoma, sin depender de otras instancias, como ocurre con otros reguladores europeos o, sin ir más lejos, con el Banco de España.
De momento, esta revisión de tasas persigue, tal como recoge el Proyecto de Ley, un triple objetivo: “garantizar la suficiencia financiera de la CNMV con respeto del principio de equivalencia”, “una mayor alineación del régimen de tasas para evitar que los costes derivados puedan actuar como un elemento negativo en el desarrollo de nuestro mercado de capitales” y “mejoras en la gestión de los procedimientos de liquidación y recaudación, que realizará la propia CNMV”.