El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo ha declarado nulo el contrato de una joven a la que pasaron los fondos de una cartilla infantil a participaciones preferentes. Así, la entidad ha sido condenada a devolver 1.860 euros más intereses, según informa Europa Press.
La sentencia, que es firme, destaca que no se ha apreciado "motivo ninguno para pensar" que la joven o su madre -que fue la que en su nombre, en 2005, contrató el producto- "presentaran la experiencia inversora suficiente como para concluir que el error hubiera sido fruto de su propia negligencia o desatención", pues se trata de un producto "complejo".
Asimismo, destaca que "no habría de extrañar" que la denunciante y su madre "pudieran acabar confundiendo el producto con algo parecido a un depósito a plazo, del que las participaciones preferentes se diferencian de forma sustancial, pero cuyos elementos diferenciales no fueron adecuadamente puestos de manifiesto por la entidad bancaria".
De hecho, indica que no quedó constancia de que se les hubiera hecho hincapié en "los riesgos que suponía esta operación que, indudablemente, debería ser calificada de alto riesgo".
Así, al declarar nulo el contrato, obliga a Novagalicia Banco a "devolver a la demandante la cantidad de 1.860 euros, con los intereses" y "sin que haya lugar a operar la compensación" a la entidad "en relación con las cantidades cobradas por la demandante en concepto de remuneración durante la vigencia del contrato".