El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), organismo dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos, ha acordado sancionar con 776.850 euros a EY y con 7.050 euros a un socio de la firma por cometer irregularidades en la auditoría de Bankia en 2015, según fuentes consultadas por Vozpópuli.
La multa fue aprobada por el ICAC a comienzos de 2019 y el pasado mes de junio fue confirmada por Economía tras rechazar un recurso de alzada presentado por la firma. Contra esta decisión, EY ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional que incluye una solicitud de medidas cautelares para suspender la ejecución de la sanción y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El tribunal ha tumbado esta petición este mes de septiembre.
La sanción del ICAC, que califica de graves las infracciones cometidas, implica que ni EY ni el socio sancionado puedan auditar a Bankia durante los próximos tres ejercicios una vez que las multas sean firmes. Las infracciones pueden ser tipificadas como leves, graves o muy graves, según detalla la Ley de Auditoría de Cuentas.
Diferencias de carácter técnico
A este respecto, cabe recordar que la auditoría de la entidad bancaria está en manos de KPMG desde este mismo año. Precisamente, Bankia aceleró el relevo de EY como auditor tras el inicio del expediente sancionador del ICAC, como publicó El Confidencial.
Las mismas fuentes recuerdan que esta sanción ha derivado de unas diferencias de carácter procedimental, de corte técnico, entre el ICAC y la compañía que preside Federico Linares. El expediente se inició por una revisión rutinaria del organismo, algo habitual en el sector.
Además, cabe apunta que esta sanción no es excesivamente elevada si se compara con otras aprobadas por el ICAC, como por ejemplo la que se le impuso a PwC de algo más de 10 millones de euros por un conflicto de intereses con Aena. Además, los errores cometidos por EY no han derivado en quiebra de la compañía, como por ejemplo sí paso con el Banco Popular.