Los abogados laboralistas han vuelto de las vacaciones y afrontan un pico de trabajo ante el aluvión de despidos -individuales y colectivos- que están planificando las empresas con las que trabajan para los meses de otoño.
Esto se debe a que aquellas compañías que activaron con el estallido del coronavirus un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor, y que luego empezaron a desafectar trabajadores en el mes de abril o mayo, cumplirán en octubre y noviembre la cláusula de salvaguarda del empleo de seis meses -el periodo que estipuló el Gobierno en el que no podían hacer despidos-, por lo que terminaría el plazo en el que tenían prohibido ajustar plantilla.
A esto se une que el 30 de septiembre dejará de estar en vigor la norma que estipuló que cualquier despido por causas económicas durante la covid-19 sería considerado improcedente o nulo, lo que daría vía libre a todas aquellas compañías que quieren hacer despidos individuales por esta situación.
"Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el artículo 22 del presente real decreto-ley estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla", recogió el Gobierno en la disposición adicional sexta del real decreto-ley 8/2020.
Seis meses desde las primeras incorporaciones
Esta disposición, según los abogados expertos en laboral, nunca llegó a ser clara, ya que no se establece con exactitud desde cuándo deben contar esos seis meses, una cuestión que tampoco se aclaró en el real dereto-ley de 26 de junio, que sirvió para matizar esa primera norma.
Además, la Dirección General de Trabajo ha delegado la aclaración de este tema a la Tesorería General de la Seguridad Social y ésta, cuando ha repasado criterios técnicos del decreto, no ha hecho mención al mantenimiento del empleo. Aún así, todos los expertos consultados por Vozpópuli interpretan que esos seis meses corren desde el día en que se reincorpora el primer trabajador del ERTE.
"Considero que el cómputo de los seis meses de duración del compromiso se inicia a partir del momento en que se introducen modificaciones en las condiciones del ERTE que se viniera aplicando, aunque sea a través de una reincorporación de parte de la plantilla o mediante el paso de suspensiones de contratos a reducciones de jornada", explica a este medio Antonio Pedrajas, socio director del despacho Abdón Pedrajas.
Despedir sin penalización
Esta interpretación supone que muchas empresas están a punto de cumplir con ese periodo de seis meses y ya están anticipándose a ese momento.
"La principal preocupación que hay ahora es cuándo desaparece las obligaciones de devolución de exoneración de cuotas aplicadas en la época covid en caso de que hagas despidos colectivos, es decir, cuándo decae la cláusula de salvaguarda del empleo. La pregunta es recurrente, porque las empresas necesitan hacer despidos cuando tengan plena seguridad de que deja de aplicarles", apunta por su parte Alfredo Aspra, socio y responsable del área Laboral de Andersen Tax & Legal.
El experto ha detectado también movimiento de compañías que están pendientes de que decaiga el 30 de septiembre la aplicación del artículo 2 del real decreto-ley 9/2020, que impide hacer despidos objetivos por motivos económicos, lo que le hace esperar "una gran oleada de despidos a partir de octubre".
Estamos asesorando en la tramitación de varios despidos colectivos que se pondrán en marcha una vez cumplido el compromiso de empleo y levantado el veto de despedir por causas ETOP"
Lo mismo teme el socio de Abdón Pedrajas: "desde el despacho estamos gestionando numerosas consultas en relación a este asunto y asesorando, igualmente, en la tramitación de varios despidos colectivos que se pondrán en marcha una vez cumplido el compromiso de empleo y levantado el veto de despedir por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas", admite.
Enrique Ceca, socio y responsable de Laboral de CECA Magán Abogados, reconoce también a este medio que "lamentablemente éstas son consultas que en la actualidad ya están realizando las empresas, ante las malas expectativas de negocio que se prevén y los malos resultados alcanzados en los últimos meses”.
A esto se suma que muchas empresas y trabajadores autónomos con asalariados están funcionando a medio gas y tienen un alto riesgo de desaparecer en los próximos meses, lo que supondría un trasvase de sus empleados al paro, y que el número de nuevas empresas que se crean en el país -y que suelen ser motor del empleo- se ha reducido drásticamente respecto a otro años por la pandemia.