Economía

La carta que te podría llegar de Hacienda en los próximos días

La Agencia Tributaria remite casi 80.000 cartas a contribuyentes en determinados supuestos de posibles errores u omisiones en la presentación para que puedan rectificarlos antes de una eventual comprobación

Oficina de la Agencia Tributaria. Europa Press

Según fuentes oficiales, la Agencia Tributaria ya ha abonado la devolución de 6.013 millones de euros a 8.686.000 contribuyentes tras los dos primeros meses de la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2023 (IRPF 2023). A esta fecha se han abonado el 76,6% de las solicitudes de devolución realizadas y el 64,4% de los importes a devolver que se han solicitado.

Se mantiene de esta forma una fuerte aceleración de las devoluciones con respecto a las realizadas el año pasado (+9,2% en número y +9,6% en importe), en paralelo a la propia agilización de las presentaciones y solicitudes de devolución. Hasta el momento han presentado su declaración 15.240.000 contribuyentes, un 7,7% más que el año pasado en las mismas fechas, de las cuales 11.338.000 se han presentado con resultado a devolver (+10%).

Envío de cartas para subsanar errores

Con la intención de avanzar en cumplimiento voluntario por la vía de los avisos preventivos al contribuyente, para así evitar errores y omisiones que puedan posteriormente conllevar una eventual regularización de la Agencia, se van a remitir cerca de 80.000 cartas a contribuyentes que han presentado su declaración modificando la información aportada por la Agencia, a efectos de que valoren si deben o no presentar una declaración complementaria adaptándose a la información que le consta a la AEAT.

Si el contribuyente entiende que su declaración está hecha de forma correcta, lógicamente no tendrá por qué modificarla, pero si considera que cometió algún tipo de error u omisión, preventivamente se le da la opción de corregirla mediante la correspondiente complementaria, evitando así una eventual comprobación posterior de la Agencia, la generación de intereses y la imposición de eventuales sanciones.

Para ello, esta vez se ha simplificado la navegación por Renta Web para rectificar una declaración o presentar una complementaria, de forma que el contribuyente simplemente tendrá que modificar los importes que correspondan, marcar la declaración individual o conjunta que desea modificar, y el sistema realizará de manera automática el resto de acciones necesarias. En el caso de los contribuyentes que hayan recibido el aviso de discrepancias, además de lo anterior el propio sistema en Renta Web ofrecerá la modificación con los datos ya incorporados.

¿Quiénes no están obligados a declarar?

En términos generales, las personas no obligadas a declarar son los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite se ha elevado a 15.000 euros anuales.

Al igual que en años anteriores, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otro lado, cabe recordar también que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV, al igual que los trabajadores por cuenta propia con alta en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, de acuerdo con la normativa que aprueba el nuevo régimen de cotización de los autónomos.

Consultar con profesionales en caso de dudas

En definitiva, las cartas enviadas por la Agencia Tributaria pretenden ser un mecanismo para regularizar las situaciones fiscales de los contribuyentes y aumentar la recaudación. Es importante que aquellos que reciban una de estas comunicaciones la revisen detenidamente y actúen en consecuencia para evitar sanciones.

Cabe recordar que, si bien la mayoría de los contribuyentes están obligados a presentar la Declaración de la Renta, existen algunos casos específicos en los que no es necesario hacerlo, como ya hemos mencionado. Para más información sobre estos casos, se recomienda consultar la página web de la Agencia Tributaria o contactar con un profesional especializado en la materia como una asesoría o gestoría.

En este sentido, es importante destacar que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes una serie de herramientas y recursos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Entre estas herramientas se encuentran la Renta Web, la App AEAT y el teléfono de atención al contribuyente.

Es importante que los contribuyentes hagan uso de estas herramientas y recursos para evitar errores u omisiones en la presentación de sus declaraciones y, por lo tanto, posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

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