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El fondo CVC maniobra para llevar a Hacienda ante la Justicia europea tras imponerle una multa récord

A falta del Supremo, el gigante inversor se topa con un nuevo revés de la Audiencia Nacional en el proceso que le atribuye delitos fiscales y una multa de 355 millones

  • Javier de Jaime, socio y primer ejecutivo de CVC Capital Partners en España.

Hasta el final. El gigante del capital riesgo CVC Capital Partners, accionista de Naturgy y socio de LaLiga, trabaja en todas las opciones para defenderse de la histórica sanción multimillonaria que le ha impuesto Hacienda provocando la apertura a la par de una investigación penal por presuntos delitos fiscales que ha puesto patas arriba al sector del capital riesgo en particular y de la banca de inversión en general.

La defensa de CVC y su cabeza en España, Javier de Jaime, representada por abogados ligados a los bufetes Garrigues y CMS Albiñana & Suarez de Lezo, lleva tiempo trabajando en alternativas entre las que empieza a trascender la de buscar que el asunto llegue a la Justicia europea. Y ello, habida cuenta de que el fondo con sede en Luxemburgo considera que la autoridad tributaria española vulneró garantías fundamentales protegidas por el derecho de la Unión Europea en lo tocante a intervención de comunicaciones e interrogatorio de empleados, según ponen de relieve fuentes financieras y jurídicas consultadas por Vozpópuli

Una tesis que ya ha encontrado cierto eco en el Tribunal Supremo en dos de los varios procesos judiciales que hay activos en España ante los recursos que han ido poniendo CVC y sus filiales, desestimados inicialmente en la Sala de lo Contencioso-Administrativo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Supremo ha admitido dos recursos de casación del private equity tras aceptar que existe cierto margen para una nueva jurisprudencia en materia de la legalidad de la inspección que llevó a cabo en este caso la Agencia Tributaria a finales del año 2021.

Hace poco menos de un año, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal declaró haber encontrado interés casacional objetivo tras las quejas planteadas por CVC; y vio necesario "determinar si la inspección de los tributos está habilitada legalmente para solicitar y el Juez de lo Contencioso-administrativo tiene competencia para ordenar la intervención de las comunicaciones de los contribuyentes, a efectos de investigar actos o hechos con trascendencia tributaria en el curso de un procedimiento tributario".

Paralelamente, con fecha del pasado 28 de noviembre, el Supremo admitió un nuevo recurso de CVC para ampliar la investigación a fin de "determinar si la realización por parte de la Inspección Tributaria, en el marco de la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido, de cualesquiera actuaciones no previstas en la autorización judicial, y en concreto, los interrogatorios a los empleados de la entidad recurrente en el domicilio de la misma, vulnera el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, el derecho a un proceso con todas las garantías, o el derecho de defensa, ello en el marco de una liquidación vinculada a delito".

CVC se topa con un revés de la Audiencia Nacional

Pese a haber admitido a trámite el Alto Tribunal estos dos recursos que podrían resolverse este 2024, la Audiencia Nacional se ha posicionado también en lo sucesivo del lado de la Agencia Tributaria.

En su fallo más reciente, la AN ha mostrado abiertamente su oposición a admitir una cuestión prejudicial para que el asunto vaya a Europa por parte de CVC dentro de un recurso planteado por este en el que incidía en que "la imposibilidad de interponer recurso o reclamación en vía administrativa frente al acto administrativo de Liquidación vinculada al delito constituye una flagrante vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y supone una restricción de la libertad de establecimiento y de circulación de capitales, consagradas, respectivamente, en los artículos 49 y 63 del TFUE".

En contraste, la Audiencia ha esgrimido, en línea con los planteamientos de la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que "corresponde a los órganos de la Jurisdicción penal conocer de todas las cuestiones, sustantivas y procesales, que se deriven tanto de las propias liquidaciones vinculadas a delito como de las actuaciones inspectoras en que se hayan dictado, sin que se prive al obligado tributario de la facultad de instar dentro del proceso penal un pronunciamiento sobre las pruebas de cargo de la acusación, cuando entienda que éstas se han obtenido vulnerando los derechos fundamentales o son por cualquier causa ilícitas".

"Toda alegación o prueba propuesta que no tenga nada que ver con la comisión del delito, como son las irregularidades administrativas que no tengan incidencia alguna en la posible perpetración del delito no son susceptibles de vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva", llega a esgrimir la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Proceso de tiempo

Fuentes jurídicas señalan que la vía europea tampoco garantiza el éxito tratándose de un asunto fiscal. Con todo, informantes cercanos a CVC insisten en que se agotarán todas las vías posibles. Es de notar que, según explican fuentes financieras, las reglas de compliance que afectarían, en este caso, a Javier de Jaime, solo se activarían en caso de una condena penal firme.

Así las cosas, personas allegadas al fondo han llegado a descontar el pago de una importante multa económica pero no así una salida de la cabeza del private equity en España pese a la dimensión del frente abierto también contra él por las autoridades españolas.

El proceso se inició con una macroinspección de la Agencia Tributaria que aconteció poco después de que De Jaime firmara la entrada de CVC en LaLiga española de fútbol. La citada inspección derivó en una propuesta de sanción para el fondo de unos 355 millones de euros como así también en la apertura de una investigación penal al private equity -por posibles delitos contra la Hacienda Pública en cuanto al impuesto de Sociedades de 2017, según esgrimió la Agencia Tributaria en abril de 2023- y a su cabeza en España, el propio Javier de Jaime, por delitos relativos al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas durante los años 2016, 2017 y 2018 al tributar, presuntamente, rentas de trabajo como rentas de capital.

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