Economía

Hacienda fabrica un traje fiscal a medida que beneficia al hermano de Sánchez

La Dirección General de Tributos establece que un teletrabajador residente fiscal en Portugal como pretende ser el hermano del presidente del Gobierno está exento de tributar en España

  • Pedro Sánchez y María Jesús Montero, en el Congreso de los Diputados. -

Hacienda ha dictado un criterio a medida de la controvertida situación fiscal de David Sánchez Pérez-Castejón. En un caso calcado, la Dirección General de Tributos (DGT), el brazo legislativo del Fisco, establece que un teletrabajador residente fiscal en Portugal como pretende ser el hermano del presidente del Gobierno está exento de tributar en España.

Las consultas vinculantes que contesta Tributos son ley para casos como el que trata. Plantea la consulta una "entidad residente en España", de la que no se especifica si es del sector público o privado, que pregunta si los rendimientos del trabajo satisfechos a un empleado residente fiscal en Portugal, y que ejerce su trabajo en Portugal deben estar sujetos a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Esto es, un 19%, 20 puntos menos de lo que le correspondería en el IRPF.

Pues bien, Tributos responde que la Hacienda española sólo le retendrá, es decir, sólo tributará en España por los trabajos que haga en España -por IRNR con el tipo citado 20 puntos inferior al IRPF-. Pero no por el grueso de su trabajo, que desempeña en Portugal, que queda exento en España.

La consulta de Tributos (V3327-23) sólo pregunta por esto y da por sentados dos importantes factores que la Diputación de Badajoz, que emplea a David Sánchez como alto cargo desde 2017, y el delegado del Gobierno en Extremadura asumen: que el hermano de Pedro Sánchez es residente fiscal en Portugal y que un empleado público puede serlo. Dos planteamientos que inspectores de Hacienda y fiscalistas consultados por Vozpópuli niegan, pero que en este caso se están aplicando.

Como ha desvelado este periódico, David Sánchez no ha pagado IRPF ni Patrimonio en 2021 y 2022 y se prevé que haga lo propio en la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 en curso porque pretende ser residente fiscal en Portugal, lo que le ha ahorrado 76.000 euros.

Esta información no fue desmentida por el vicepresidente tercero de la Diputación de Badajoz, Ramón Díaz Farias, el pasado jueves, y ha sido confirmada por el delegado del Gobierno en Extremadura, José Luis Quintana, este lunes.

"Si no fuera Sánchez y fuera un periodista, sería ético. Sí es ético. Es que es legal, es un país de la Unión Europea", ha dicho Quintana en COPE Extremadura. 

Doctrina a medida: el 'caso Pedro Duque'

La doctrina de esta consulta no es nueva. La Dirección General de Tributos, en la consulta vinculante V3945-15 la estableció para un teletrabajador en Londres considerado residente fiscal en Reino Unido. "En la medida en que el trabajo no se desarrolla en España, la renta del trabajo no se considera obtenida en España y dicha renta no estará sujeta a tributación en España", dijo.

Pero llama la atención de fuentes conocedoras consultadas por Vozpópuli que Tributos publique ahora una consulta para un caso de Portugal como el del hermano de Sánchez que asegura una doctrina favorable. Con fecha de salida del 28 de diciembre de 2023 y publicada recientemente, esta consulta blinda la actuación de la Diputación de Badajoz y la de David Sánchez. No puede descartarse que la Agencia Tributaria (AEAT) cuestione este proceder en los cuatro años no prescritos, pero de momento el brazo legislativo de Hacienda ya lo ha avalado en el terreno de la doctrina administrativa.

No sería la primera vez que Tributos da una luz verde de este tipo. El exministro de Ciencia, Innovación y Universidades, Pedro Duque, se vio en vuelto en una polémica cuando se conoció en septiembre de 2018 que eludió el pago de impuestos al tener su casa de Madrid y una vivienda vacacional en Jávea (Alicante) a través de una sociedad patrimonial con su mujer.

Además de esgrimir una "nota técnica" de Jesús Rodríguez Márquez, socio de Ideo Legal y ahora presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente que le avalaba, desde su departamento aseguraron que había planteado consulta vinculante a la DGT y que la respuesta de la autoridad tributaria fue clara: Duque no ha cometido ninguna irregularidad y no es perseguible por esa sociedad.

¿Residente fiscal en Portugal?

Con un sueldo desde 2023 de 55.500 euros, el hermano de Sánchez, soltero y sin hijos, logró el aval de la Diputación de Badajoz, que preside el PSOE, para teletrabajar desde Elvas (Portugal), según ha podido confirmar Vozpópuli de distintas fuentes. Esta información "no consta" sin embargo a fuentes oficiales de la Diputación.

Precisamente, con su mudanza a Elvas, donde ha comprado un inmueble en 2023, y el teletrabajo, Sánchez puede intentar acreditar haber pasado en el país vecino más de 183 días y ser residente fiscal allí.

Una elección vital que fiscalistas no ven casual y que busca el ahorro fiscal. Elvas se encuentra a 19 kilómetros de Badajoz capital y muy cerca de la frontera. "No tendría sentido teletrabajar desde otro país a 19 kilómetros del puesto de trabajo", advierten, máxime cuando han pasado cuatro años de la pandemia y empresas y Sector Público han venido exigiendo el trabajo presencial.

A diferencia de los trabajadores transfronterizos en la zona, David Sánchez no pasa la frontera para acudir a su centro de trabajo, sino que teniendo su trabajo en España se ha trasladado a Portugal. Y no es un trabajador transfronterizo porque vive y trabaja en el país vecino.

En Portugal, Sánchez puede acogerse al régimen régimen de Residentes No Habituales, que en gran medida no grava las rentas del extranjero, lo que le permitiría que su sueldo no tributara. Por rentas generadas en Portugal podría beneficiarse de una tarifa plana del 20%.

El pasado octubre, António Costa anunció que este régimen finalizaba en 2024, con una cláusula de mantenimiento de derechos adquiridos, que permite que los contribuyentes que ya tengan el estatus mantengan los beneficios del régimen hasta que finalice su periodo de 10 años.

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