Los líderes independentistas cerraron los cuatro meses de juicio pidiendo al tribunal que devolviese la cuestión al terreno de la política, pero de momento su futuro se encuentra en manos de los jueces del Tribunal Supremo. No será la última parada del camino en caso de que sean condenados ya que tienen diversas posibilidades de recurrir su situación o incluso pedir un indulto al Gobierno para eludir la cárcel. Hasta llegar a la última parada de este recorrido judicial pueden pasar años de espera, no necesariamente en prisión.
La fecha de la sentencia
Una vez el juicio ha quedado visto para sentencia, los siete jueces que integran la Sala Segunda del Tribunal Supremo encabezados por el juez Manuel Marchena comenzarán a deliberar sobre el fallo y el redactado de esta resolución histórica. Fuentes jurídicas consultadas por Vozpópuli estiman que se conocerá el próximo otoño, posiblemente en torno al mes de octubre. Pero en este punto surge una primera incidencia que alteraría el calendario al menos en lo que afecta al principal acusado, Oriol Junqueras.
Bruselas
Se trata de la petición que ha hecho el exvicepresidente de la Generalitat para ejercer como eurodiputado tras haber sido elegido en las pasadas elecciones europeas. El tribunal que le ha juzgado tiene que decidir si le deja salir a recoger su acta el próximo día 17 de junio en la Junta Electoral Central. Eso abre la puerta a plantear la cuestión de su inmunidad parlamentaria ante la Cámara de Bruselas y que el Tribunal Supremo tenga que pedir un suplicatorio para poder actuar penalmente contra el líder de ERC. Ese trámite se extendería más allá de otoño.
Si se abre ese melón, el Artículo 9 del Reglamento Europeo establece que Junqueras tendrá derecho a ser escuchado y la última palabra recae sobre el Pleno de la Eurocámara, que estudia los delitos de los que se le acusa (rebelión y malversación) por separado. Ya en el caso del expresidente catalán Carles Puigdemont, el tribunal alemán dio luz verde solo para el delito más leve, razón por la que el Tribunal Supremo retiró su orden de detención europea. Lo habitual es que se conceda el suplicatorio, pero nada está escrito vistos los precedentes.
Si Junqueras adquiriese la inmunidad parlamentaria, no podría ejecutarse contra él la condena y tendría derecho a ejercer de europarlamentario. El Tribunal Supremo tendría que dejarle en libertad o mantenerle en prisión preventiva articulando medidas para ejercer su cargo público. Todo ello sin perder de vista que la legislatura europea son cinco años, el máximo tiempo de estancia en prisión preventiva son dos años (prorrogables a otros dos para los delitos más graves) y Junqueras lleva ya un año y medio en la cárcel.
Incidente de nulidad
En caso de que sean condenados en el Tribunal Supremo, los acusados tienen derecho a presentar un incidente de nulidad en un plazo de 20 días desde que se les comunica el fallo. Lo regula el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y rara vez da resultado porque se presenta ante el mismo tribunal que emite la sentencia, en este caso el presidido por Marchena.
No hay un plazo para resolver esta cuestión, pero fuentes del Tribunal Supremo recuerdan que el caso de la condena al ex duque de Palma, Iñaki Urdangarín, duró tres meses. La diferencia es que aquello era la revisión de una condena emitida por la Audiencia de Palma y el del procés es un juicio celebrado en el propio Tribunal Supremo. Con este trámite del incidente de nulidad se pone en marcha el reloj para recurrir ante el Tribunal Constitucional.
Tribunal Constitucional
Los abogados podrán presentar un recurso de amparo si consideran que se han vulnerado los derechos de sus clientes. Recae sobre un juez que lo primero que hace es pedir a los letrados para que informen si debe ser admitido. Su dictamen no es vinculante y si el juez decide estudiarlo pasa a una Sección. Las fuentes de este tribunal consultadas por Vozpópuli apuntan a que los asuntos de especial trascendencia los resuelve habitualmente el Pleno, compuesto por los 12 magistrados.
Estas mismas fuentes recuerdan que, de los cerca de 6.000 recursos presentados en 2017, se inadmitieron el 99 por ciento. Solo el informe de los letrados suele tardar alrededor de diez días. En este caso además se prevén varios recursos que habría que acumularlos, lo que provocará retrasos. No hay plazos establecidos, pero el mero rechazo de un recurso suele tardar cerca de tres meses. Si la sentencia del Supremo fuese finalmente en otoño y el Tribunal Constitucional estudiase el asunto, fácilmente el desenlace no llegaría hasta bien entrado 2020.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Es la gran esperanza de los acusados desde que se inició la causa contra ellos. Para acudir a esta instancia europea hay que esperar a la resolución del Tribunal Constitucional. A partir de ese momento existe un plazo de seis meses para presentar el recurso al que se le aplica un número de registro. Puede recaer sobre un juez único (los casos aparentemente inadmisibles), un tribunal de tres jueces (cuando existe numerosa jurisprudencia sobre la materia) o una sala de siete jueces, donde previsiblemente acabará el procés.
Lo habitual es que este tribunal de siete jueces no se pronuncie antes de un año. Su decisión también puede ser recurrida ante la Gran Sala del mismo tribunal integrada por 17 magistrados, siempre de diferentes nacionalidades. En este caso, las resoluciones tardan una media aproximada de cinco años atendiendo a los últimos casos que han afectado a España.
El indulto del Gobierno
Esta medida de gracia, regulada por una ley del siglo XIX, depende del Gobierno y es otra de las posibilidades sobre la mesa desde el momento en el que se emita la sentencia. Durante la pasada campaña electoral, la oposición exigió en numerosas ocasiones al candidato socialista, Pedro Sánchez, que rechazase este extremo. No lo hizo. Recientemente, el líder del PSC, Miquel Iceta, eludió también descartarlo en una entrevista para El Español.
A lo largo de estos meses, varios acusados han mostrado su rechazo a la posibilidad de pedir un indulto. Lo puede solicitar tanto el preso como sus familiares o un tercero en su nombre. También puede hacerlo el tribunal que les condenó, la Fiscalía o el propio Gobierno por iniciativa propia. Fuentes jurídicas consultadas indican que las decisiones sobre los indultos se pueden recurrir. Pero los tribunales sólo pueden revisar si el procedimiento seguido ha sido el previsto legalmente y si se han emitido los informes necesarios. Sin embargo, los tribunales no pueden anular un indulto porque no estén de acuerdo con su otorgamiento.
Tercer grado y artículo 100.2
Con toda seguridad, los líderes independentistas serán trasladados a cárceles catalanas próximamente. En caso de ser condenados, serán clasificados en alguno de los tres grados penitenciarios por la Consejería de Justicia de la Generalitat. En su escrito definitivo, la Fiscalía del Tribunal Supremo pidió que la sentencia estableciese un periodo de seguridad para que no puedan acceder al tercer grado hasta haber cumplido la mitad de su pena.
El tercer grado -acudir a prisión solo a dormir- es una decisión de la administración que se puede recurrir ante el juez de Vigilancia Penitenciaria. Un ejemplo ha sido el caso reciente de Oriol Pujol, excarcelado a los dos meses de entrar en prisión para cumplir una condena de dos años y medio. El juez revocó esta decisión y la respuesta de la cárcel fue aplicarle un artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que permite salir a diario igualmente de la cárcel para trabajar o formarse. Esta medida -para la que solo hace falta estar clasificado en segundo grado- también es recurrible, pero hasta que se resuelve el preso puede gozar de la libertad mientras corre la condena.